Así te afecta el decreto de medidas urgentes del alquiler que hoy entra en vigor

Este miércoles entra en vigor el real decreto con medidas urgentes en materia de alquiler que fue aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros. Ahora queda pendiente de su convalidación por el Congreso de los Diputados, donde, al quedar las Cortes Generales disueltas por la convocatoria de las elecciones del 28 de abril, será la Diputación Permanente el órgano que votará si convalida o rechaza el real decreto.

Esta es la segunda vez en menos de tres meses que el Gobierno aprueba un real decreto con medidas sobre el alquiler, después de que el que aprobó en diciembre de 2018 fuera rechazado en enero por el Congreso de los Diputados. Dicho real decreto llegó a entrar en vigor tras ser aprobado en el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero decayó al no superar el último y definitivo paso de su convalidación en la Cámara Baja.

Para lograr su convalidación, el Ejecutivo socialista espera lograr el apoyo de, entre otros grupos, Unidos Podemos, con quien ha negociado este nuevo texto después de que la formación morada no apoyase el anterior, al no satisfacer su pretensión de limitar las subidas de precios.

Algunas de las medidas más destacadas son:

  • El precio del alquiler se tendrá que actualizar de acuerdo al IPC
  • Los plazos se amplían de 3 a 5 años (y a 7 cuando el arrendador es una empresa)
  • Se incrementa el periodo de preaviso para cuando el inquilino quiere dejar la vivienda (a 2 meses) o el arrendador quiere recuperar su casa (4 meses)
  • En caso de fallecimiento del arrendatario, los familiares podrán continuar en el alquiler, en situaciones de vulnerabilidad social.
  • Se limitan a dos meses de renta las garantías adicionales a la fianza que pueden exigirse al arrendatario en el momento de firmar el contrato.
  • Bonificación de hasta el 80% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para los que arrienden su vivienda a un precio moderado
  • Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización, deberá asumirlos el arrendador si es persona jurídica.
  • El acuerdo de una mayoría de 3/5 de propietarios se puede limitar o condicionar los pisos turísticos.
  • Los propietarios no podrán pedir más de dos meses de fianza.
  • Procedimiento específico cuando el desahuciado sea una persona u hogar vulnerable: Se clarifica la obligación de señalar día y hora del desahucio