El despido durante baja médica por salir a cenar: la justicia obliga a pagar 24.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia concluye que la empresa usó la cena y los dos tintos como excusa para encubrir el coste de la baja. La condena incluye readmisión, salarios impagados y 24.000 euros por daños morales.

Despedir a una camarera de baja por diabetes por salir a cenar y pedir dos tintos le va a costar a la empresa 24.000 euros.

Lo que pasó: una cena, dos tintos y un despido

La trabajadora llevaba en la empresa de hostelería desde el 9 de marzo de 2022, con contrato indefinido a tiempo completo. A los once meses y trece días, la despidieron. La razón formal: haber salido a cenar y pedir dos tintos de verano mientras estaba de baja por diabetes.

La empresa argumentó que el alcohol y el azúcar de las bebidas eran incompatibles con su enfermedad y que la conducta podía retrasar la recuperación. La acusó de transgredir la buena fe contractual (la obligación de no actuar contra los intereses de la empresa) y le aplicó un despido disciplinario, el que se usa cuando el trabajador comete un incumplimiento grave.

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Pero el Tribunal Superior de Justicia de Murcia lo dejó claro: esa era solo la justificación formal. El 15 de enero de 2023 se comunicó que la baja duraría unos 78 días y, al día siguiente, el responsable le propuso rescindir el contrato porque la incapacidad suponía para la empresa unos 700 euros mensuales.

La camarera no aceptó. Semanas después, la empresa encargó que la investigaran y utilizó aquella cena para despedirla. La cena era la excusa. El coste de la baja, el motivo de fondo.

Detrás del despido no estaba la cena ni los dos tintos: estaba la factura mensual de 700 euros que la baja suponía para la empresa.

Por qué la justicia no se cree la excusa de la cena

baja por diabetes y despido

El Juzgado de lo Social número 1 de Murcia ya consideró que la empresa no había justificado el despido disciplinario, pero no vio discriminación. Dejó a la empresa elegir entre readmitir a la trabajadora o pagarle una indemnización de 1.335,18 euros.

Ambas partes recurrieron. La empresa pedía declarar el despido procedente; la trabajadora, que se reconociera como nulo por discriminación relacionada con su enfermedad. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia revisó el caso y concluyó lo que los hechos ya apuntaban.

La verdadera causa del despido estaba relacionada con la enfermedad y con la duración de la baja. La cena y los dos tintos de verano se usaron como justificación posterior. La empresa quedó condenada a readmitir inmediatamente a la camarera en las mismas condiciones laborales, pagarle los salarios que dejó de percibir desde el despido y abonarle 24.000 euros adicionales por daños morales.

Qué significa esta sentencia para cualquiera que esté de baja

El caso no crea una regla nueva, pero refuerza algo que conviene recordar: una baja médica no te obliga a vivir encerrado. Cenas, paseos o planes sociales no justifican un despido disciplinario si no hay una prueba real de que perjudican la recuperación.

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Aquí la empresa intentó convertir una conducta cotidiana en una falta laboral. El tribunal no entró al trapo. Y ojo: el desenlace no fue solo la readmisión o la indemnización pequeña, sino 24.000 euros por daños morales. Ese es el coste de utilizar una cena como coartada.

Para cualquier persona que esté de baja y reciba presiones, el caso deja una lectura práctica: si la empresa te vigila, te propone rescindir o te despide por motivos de salud, conviene guardar correos, mensajes, y fechas. La justicia laboral suele mirar la secuencia completa, no el incidente aislado.

La indemnización por despido improcedente se mueve según el salario y la antigüedad: en este caso eran 1.335,18 euros. Los daños morales, en cambio, reconocen un sufrimiento que va más allá del salario y buscan castigar actitudes que la ley no tolera. Perder la salud no puede convertirse en un despido barato.

Eso sí, cada caso es distinto. No toda salida a cenar durante una baja queda automáticamente protegida: si hay pruebas de que la conducta agrava la enfermedad o es incompatible con la recuperación, el despido puede ser justo. La línea está en la prueba, no en el parte médico.

En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? La justicia condena a una empresa a pagar 24.000 euros por daños morales tras despedir a una camarera de baja por diabetes.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier trabajador de baja médica que se enfrente a un despido disciplinario por su vida social o por el coste de su incapacidad.
  • ¿Qué puedes hacer al respecto? Guardar pruebas y fechas si tu empresa te presiona por una baja, porque la justicia revisa la secuencia completa.