¿Trabajas por cuenta ajena y tienes hijos menores de 12 años? Entonces tienes derecho a pedir una reducción de jornada por cuidado.
No se trata de una ayuda económica ni de un permiso retribuido. Es un derecho que te permite reorganizar tu horario laboral para atender al menor, con una reducción proporcional del salario. El derecho a reducir jornada por cuidado de hijos menores de 12 años está reconocido en el Estatuto de los Trabajadores y no depende de la buena voluntad de la empresa.
¿Quién tiene derecho a esta reducción?
La norma se aplica a los trabajadores por cuenta ajena: quienes prestan servicios retribuidos bajo la dirección de otra persona o empresa. Quedan fuera los autónomos, los funcionarios con régimen administrativo y las personas con otro tipo de relación no laboral.
El requisito principal es tener un hijo menor de 12 años. Eso incluye tanto hijos biológicos como adoptivos o en acogida, siempre que convivan contigo y dependan económicamente. Cuando el hijo cumple 12 años, el derecho se extingue, salvo que se trate de una discapacidad reconocida.
Según el Estatuto de los Trabajadores, disponible en el BOE, este derecho forma parte de las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral. No confundas esta reducción con la excedencia por cuidado de hijos: aquí sigues trabajando y cotizando, solo que con menos horas. El Estatuto recoge otros supuestos de reducción por cuidado de familiares, pero el que aquí analizamos se limita a hijos menores de 12 años.
La reducción lleva aparejada una bajada proporcional del salario. Por ejemplo, si acuerdas trabajar un 20 % menos de jornada, tu nómina baja en ese mismo porcentaje. Sigue cobrando todos los conceptos salariales, pero en proporción.
Lo habitual es que el problema no sea la ley, sino cómo justificar la necesidad de conciliar ante la empresa.
Cómo y cuándo pedirla en la empresa
No existe un plazo legal para solicitarla, pero conviene hacerlo con antelación razonable y, sobre todo, por escrito. En la solicitud debes indicar el nuevo horario que propones, el porcentaje de reducción y la fecha en la que quieres empezar.
La empresa no puede negarse de forma arbitraria, pero sí puede proponer un ajuste distinto si justifica causas organizativas o productivas. La ley le reconoce margen para negociar la concreción horaria, siempre que no impida el ejercicio real del derecho.
También es recomendable revisar el convenio colectivo antes de presentar la solicitud. Algunos convenios regulan mejoras, como elegir horario en función de la antigüedad o la existencia de turnos.
Si la empresa no responde en un plazo prudencial, conviene enviar un segundo escrito o solicitar una reunión. En todo caso, guarda copia de la solicitud y del acuse de recibo.
La letra pequeña que conviene leer
Una de las dudas más frecuentes es el porcentaje de reducción. No hay un porcentaje fijo de reducción: la ley permite un margen que va desde una parte mínima hasta la mitad de la jornada, y lo concreto suele fijarlo el convenio o el acuerdo con la empresa.
Otro detalle importante: la reducción afecta a la cotización a la Seguridad Social. Al cotizar por una base inferior, las prestaciones futuras (como la jubilación o el desempleo) pueden verse reducidas. Es un efecto lógico de trabajar menos horas, pero conviene tenerlo en cuenta.
En la práctica, la clave está en dejar todo por escrito y no aceptar acuerdos verbales. Si la empresa se niega sin justificación o impone un horario que impide conciliar, puedes reclamar ante la jurisdicción social, que suele ser rápida en estos casos.
La ficha práctica
- ¿Quién puede solicitarlo? Trabajadores por cuenta ajena con hijos menores de 12 años.
- ¿Cuánto? Reducción proporcional de jornada y salario, sin cuantía fija.
- ¿Hasta cuándo hay plazo? No hay plazo legal: se pide cuando se necesita.
- ¿Dónde se solicita? Por escrito ante la empresa, con copia para el trabajador.
- Requisito o letra pequeña clave: Justificar que se necesita para el cuidado del menor y revisar el convenio.
El resumen rápido (TL;DR)
- 🎯 ¿Qué ha pasado? El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a reducir jornada por cuidado de hijos menores de 12 años.
- 💶 ¿A quién le interesa? A trabajadores por cuenta ajena que necesitan conciliar el trabajo con el cuidado de sus hijos.
- ✅ ¿Qué tienes que hacer? Presentar una solicitud por escrito en la empresa y revisar el convenio antes de pactar la reducción.



