Casi 190.000 personas están en juego: el Gobierno rechaza ampliar la suspensión del voto a los hijos de nacionalizados antes del 29N. Y avisa de que la medida generaría inseguridad en el escrutinio y entre los propios electores.
El Ejecutivo ha llevado su postura por escrito a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que tiene un plazo abierto para decidir sobre el censo del 29N. La petición la firman Vox e Iustitia Europa, que ya impulsaron el recurso que llevó al tribunal a suspender el voto de parte de los nacionalizados. Vamos por partes, porque el asunto toca la urna.
La Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, sostiene que las medidas cautelares instadas no resultan 'conformes y ajustadas a derecho'. Hablamos de una medida cautelar: una decisión urgente y provisional que el tribunal adopta mientras estudia el fondo del asunto.
Antes de resolver, los servicios jurídicos del Estado reclaman un trámite previo: que la Sala emplace a los terceros afectados, es decir, que dé voz a quienes se quedarían sin papeleta si el Supremo acepta. El derecho al sufragio está en el centro del conflicto.
Qué argumenta el Gobierno para no ampliar la suspensión
Lo primero que alega el escrito es el voto. La Abogacía habla de una 'afectación notoria' e 'indubitada' sobre el derecho fundamental al sufragio activo de quienes podrían quedar excluidos. Son personas con nacionalidad española que podrían quedarse fuera de las generales si prospera la petición.
El segundo argumento tiene que ver con el calendario. Según el escrito, la suspensión 'incidiría también de modo notorio y directo en el desarrollo del proceso electoral en curso', que se vería afectado por la 'inseguridad e indeterminación' de su adopción. El Ejecutivo llega a advertir de que podría comprometer el escrutinio final y la proclamación de resultados si quedan sufragios pendientes de computar.
Una cautelar dictada en plena campaña no solo cambia quién vota: también condiciona cuándo se puede proclamar el resultado.
Quién puede quedarse sin votar el 29N
Los servicios jurídicos del Estado ponen cifra al colectivo: 189.678 personas podrían verse afectadas, según los datos de inscripciones practicadas en las oficinas consulares al amparo de la Ley de Memoria Democrática. Dentro de esa norma vive la conocida como ley de nietos, que permite nacionalizarse a quienes tienen antepasados que sufrieron el exilio y lo solicitan.
De ahí sale el nudo del caso. La petición de Vox e Iustitia Europa alcanza a los hijos de quienes se nacionalizaron por esa vía, y el Gobierno sostiene que es 'en sí misma indeterminada y de imposible cumplimiento' en el momento en que se plantea. La razón: la relación nominal de afectados no existe y habría que encadenarla con quienes adquirieron la nacionalidad sin certificación consular.
Tampoco hay, según el escrito, medios materiales y humanos para montar ese rastreo en apenas unas semanas. El Ejecutivo recuerda el 'extraordinario esfuerzo' ya desplegado por los consulados para cumplir los pronunciamientos cautelares anteriores y avisa: repetirlo con nuevos colectivos en plena campaña resulta 'materialmente incompatible con los recursos disponibles'.
El precedente que explica el pulso judicial
Ya hay un antecedente. El Supremo dejó fuera del censo a un grupo de nacionalizados que no acreditan el exilio de sus descendientes. Aquel pronunciamiento, ligado al recurso de Vox e Iustitia Europa, apartó del voto a un conjunto de ciudadanos antes de los comicios y abrió la puerta a la petición que ahora se discute.
Y hay una segunda lectura, la del calendario. La Justicia puede revisar cómo se aplica la ley electoral, pero cada decisión cautelar en campaña añade incertidumbre al censo. Quien pide la ampliación considera que la suspensión ya acordada se queda corta; el Gobierno responde que el sufragio es un derecho fundamental y que el escrutinio necesita reglas ciertas antes de la cita electoral.
El trámite tampoco es automático: el Supremo debe resolver el incidente cautelar, y el Ejecutivo quiere que antes escuche a los terceros afectados. Con el 29N a menos de cuatro semanas, la resolución llegará con el proceso electoral en marcha.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: La Abogacía del Estado pide al Supremo que rechace ampliar a los hijos de los nacionalizados la suspensión del voto ya acordada.
- Por qué te importa: Casi 190.000 personas podrían quedarse sin sufragio el 29N y el escrutinio quedaría condicionado por una decisión de última hora.
- A quién afecta: A los hijos de quienes se nacionalizaron por la ley de nietos, a los consulados que tramitan los expedientes y al censo del 29N.
- Hacia dónde vamos: El Supremo debe resolver el incidente cautelar en las próximas semanas, antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.



