Los trámites con las administraciones que tienes que hacer al cambiar de piso

Una mudanza no se cierra con las llaves del piso nuevo. Detrás llega una ronda de avisos y trámites que conviene no dejar para después: el banco, la aseguradora, la compañía de la luz y hasta el centro de salud siguen apuntando a la dirección antigua hasta que alguien lo corrige. De todos ellos, solo uno es obligatorio por ley, el alta en el padrón municipal que el artículo 15 de la Ley 7/1985 impone a quien viva en España, y es también el que abre la puerta a los demás.

Te contamos por orden los trámites que debes hacer según la urgencia, también teniendo en cuenta la dependencia entre unos trámites y otros. El padrón va primero porque de él dependen la tarjeta sanitaria y el médico de cabecera. Por otro, cada apartado separa lo que la ley obliga de lo que solo conviene hacer, y señala dónde hay plazo —la DGT da 15 días— y qué se resuelve con una gestión telemática. El desvío postal de Correos, por ejemplo, es opcional y de pago. ¡Vamos a verlo todo!

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Suministros: luz, agua, gas e internet

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Foto de Praveen kumar Mathivanan en Unsplash

Poner la luz, el agua y el gas a tu nombre es el trámite que corre más prisa al entrar en un piso. La LAU permite repercutir en el inquilino los suministros individualizados por contador, y eso solo funciona bien si el titular del contrato eres tú: mientras siga a nombre del casero o del anterior inquilino, las facturas, los avisos de impago y cualquier reclamación se dirigen a esa persona, que además decide tarifa y potencia. Conviene pedirlo el primer día, con el contrato de alquiler como título que acredita que ocupas la vivienda, el DNI, el IBAN y el CUPS del inmueble. El cambio de titularidad no interrumpe el suministro ni cuesta nada si mantienes la potencia; sí tiene coste cuando el punto está dado de baja, porque hay que tramitar un alta nueva con derechos regulados de extensión (17,37 €/kW), acceso (19,70 €/kW) y enganche (9,04 €): unos 137 euros sin IVA para 3,45 kW, más el boletín eléctrico.

El agua se gestiona desde el ayuntamiento o la empresa municipal, así que las reglas cambian de una ciudad a otra: hay consistorios que no cobran por el cambio y otros que aplican una tasa de entre 12 y 25 euros según la localidad, y casi todos exigen que la cuenta anterior esté al corriente, de modo que una deuda pendiente bloquea el trámite hasta que se paga. También piden escritura o contrato de alquiler, DNI y orden de domiciliación. En internet la operación es distinta: se traslada el servicio, no se cambia de titular. Las grandes operadoras hacen el traslado gratis, pero normalmente reactiva una permanencia de 12 meses y el plazo hasta tener la instalación oscila entre 3 y 20 días hábiles, según la compañía. Conviene solicitarlo con semanas de margen, anotar las lecturas de los contadores el día de la entrada y revisar la primera factura, donde aparecen los consumos del anterior ocupante y los errores de CUPS.