El Supremo ya aplica la amnistía a cuatro dirigentes del procés, pero lo hace acusando al Constitucional de injerencia.
Quién queda amnistiado y quién sigue esperando
Los magistrados de la Sala de lo Penal que juzgaron el procés acordaron el pasado martes aplicar la amnistía, el perdón legal de las condenas, aunque por ahora solo a cuatro personas: el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras (ERC) y los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Puigdemont queda fuera, por ahora, de la medida de gracia; el expresident salió de España después del referéndum del 1 de octubre de 2017.
La ponencia del auto recayó en Manuel Marchena, el magistrado que presidió el tribunal que juzgó el proceso independentista. acepta el marco del Constitucional, pero deja por escrito su malestar. Y no es un trámite: el auto llega tras meses de resistencia de la Sala de lo Penal a perdonar la malversación.
El origen está en la sentencia que el Constitucional remitió al Supremo el 6 de octubre, en la que la mayoría progresista respaldó amnistiar la malversación a Bassa, condenada por la propia Sala de lo Penal. Antes, la corte de garantías ya había avalado el grueso de la ley de amnistía en junio de 2025; el Supremo se negó a aplicarla al apreciar afectación de los intereses financieros comunitarios y beneficio patrimonial.
Qué se dicen el Supremo y el Constitucional
Marchena no ocultó el enfado. Habla de una 'innecesaria injerencia' del Constitucional en su terreno y califica de 'consideraciones absolutamente innecesarias' las críticas a su lectura de la malversación. En el pasaje más duro sostiene que la 'innecesaria grandilocuencia' de esos vocablos 'revela el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional' que corresponde al Supremo.
En el Constitucional la lectura es la contraria. Fuentes del tribunal niegan cualquier extralimitación: sostienen que el Supremo parte de una premisa equivocada, porque es la corte de garantías quien delimita su propio ámbito y contra sus decisiones no cabe plantear una cuestión de jurisdicción, tal y como recoge la ley orgánica que lo regula, consultable en la web del tribunal. El mensaje de fondo: lo que resuelve el Constitucional es vinculante para todos, algo que su presidente repite en público cada vez que habla de la amnistía.
El Supremo acepta la amnistía que le marca el Constitucional, pero deja por escrito que lo hace forzado y con la malversación en el centro del pulso.
La sentencia que desencadenó todo la redactó el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. Concluye que la Sala de lo Penal hizo una 'interpretación extensiva, contraria al espíritu y finalidad' de la ley en materia de malversación, anula aquellas resoluciones y reclama amnistiar ese delito con 'carácter preferente y urgente', al considerar vulnerada la tutela judicial efectiva de la exconsejera.
No fue una decisión unánime. Cinco magistrados del sector conservador no respaldaron la tesis mayoritaria, y Marchena se apoya en ese dato para sostener que resulta difícil aceptar la 'irracionalidad' que la mayoría atribuye al Supremo. El auto añade que la resolución sobre Bassa no es, a su juicio, un conflicto institucional, sino una ruptura del Constitucional con su propia jurisprudencia.
¿Y qué tiene esto que ver con quien no vive en Cataluña? Bastante. Lo que se dirime es si una ley aprobada en el Parlamento se aplica igual a todos y quién tiene la última palabra cuando dos tribunales discrepan. Por eso el asunto ha saltado de los juzgados al Congreso, donde cada partido interpreta el choque según su posición.
El precedente de Luxemburgo y lo que queda por dirimir
No es la primera vez que estos dos tribunales miden sus fuerzas. El pasado julio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea descartó una de las premisas con las que el Supremo negaba la amnistía: que el 1-O hubiera afectado a los intereses financieros de la UE. Aquel fallo abrió la puerta a que el Constitucional entrara en el fondo, y su primera resolución ha sido la de Bassa.
Para quienes defienden la doctrina del Constitucional el sistema es coherente: si el tribunal de garantías puede anular resoluciones judiciales, hablar de invasión de competencias carece de sentido. Para la Sala de lo Penal el problema es de fondo, porque entiende que la mayoría progresista ha ampliado el perdón a un delito que la ley excluye cuando ha generado beneficio patrimonial. Entre tanto, la medida de gracia se aplica con cuentagotas y con recursos cruzados.
Queda lo más delicado. La decisión sobre Puigdemont sigue pendiente, y el instructor de la causa, Pablo Llarena, ya ha levantado la orden de detención que pesaba sobre él y sobre los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig. El Supremo debe decidir ahora si extiende el criterio a los procesados que nunca fueron juzgados por estar fuera de España. Ese auto decidirá si la amnistía llega a todos.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El Supremo aplicó el martes la amnistía a Junqueras, Turull, Romeva y Bassa tras asumir la doctrina del Constitucional sobre la malversación. Ambos tribunales se reprochan haberse excedido.
- Por qué te importa: Define si una ley aprobada en el Parlamento se aplica igual a todos y quién tiene la última palabra cuando dos tribunales chocan.
- A quién afecta: A los cuatro dirigentes ya amnistiados y a los procesados pendientes, con Puigdemont, Comín y Puig como casos más sensibles.
- Hacia dónde vamos: Falta el auto sobre Puigdemont y el resto de encausados. Llarena ya retiró las órdenes de detención y el Supremo debe fijar criterio.



