La CNMC propone ampliar la prohibición de llamadas comerciales de gas: lo que debes saber

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia quiere equiparar las reglas del gas con las de la electricidad, donde ya están prohibidas las llamadas comerciales no solicitadas. Descubre cómo te afecta esta propuesta y qué derechos tienes si te llaman sin permiso.

La CNMC quiere poner fin al acoso telefónico de las comercializadoras de gas. Si tienes un contrato de gas y recibes llamadas sin haberlas solicitado, esta noticia te interesa. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha propuesto extender la prohibición que ya afecta a las eléctricas, con el objetivo de reforzar la protección del consumidor.

¿Qué propone exactamente la CNMC y a quién afecta?

Según ha adelantado Servimedia, el organismo regulador pide implantar en el sistema gasista los mismos requisitos de información al consumidor que se establecieron para el sector eléctrico mediante el Real Decreto 88/2026. En la práctica, eso significa prohibir que las compañías de gas realicen llamadas comerciales no solicitadas, es decir, que no te llamen para venderte una tarifa o un servicio si tú no les has dado tu consentimiento previo.

La medida afectaría a los millones de hogares y negocios que tienen contratado el suministro de gas natural en España. De aprobarse, las comercializadoras no podrían contactar telefónicamente con potenciales clientes sin un permiso expreso. Eso sí, por ahora se trata solo de una propuesta y no tiene carácter vinculante.

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Cómo funciona la prohibición actual en el sector eléctrico

El citado Real Decreto 88/2026 entró en vigor hace unos meses con el propósito de combatir el spam telefónico en el ámbito de la electricidad. La norma deja claro que las comercializadoras de luz no pueden hacer publicidad telefónica a consumidores que no hayan dado su consentimiento. Tampoco pueden utilizar números ocultos o sistemas automatizados sin identificación. Cualquier infracción puede ser sancionada por la CNMC.

Los consumidores afectados por llamadas no deseadas en el sector eléctrico ya pueden denunciar estas prácticas y, en algunos casos, reclamar una indemnización. Ahora, la CNMC considera que no hay razón para que el gas se quede fuera de ese paraguas protector, sobre todo cuando muchas comercializadoras operan en ambos mercados.

CNMC

¿Qué derechos tendrías si se aprueba? Cómo reclamar paso a paso

Aunque la propuesta aún debe seguir su trámite, podemos anticipar los derechos que se ampliarían, porque son un calco de los que ya existen. Básicamente, tendrías derecho a no recibir llamadas comerciales de gas si no has dado tu consentimiento. Las empresas tendrían la obligación de informarte de forma clara sobre cómo pueden usar tus datos y pedirte autorización expresa, normalmente a través de una casilla que no puede venir premarcada.

Si aun así recibes una llamada sin haber aceptado nada, puedes seguir estos pasos:

  • 1. Anota la fecha, la hora y la empresa que te llama.
  • 2. Pide que te eliminen de su lista de contactos y exige confirmación por escrito o verbal.
  • 3. Presenta una reclamación ante la CNMC o, si la empresa incumple la normativa de protección de datos, ante la la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
  • 4. Si la llamada insiste, puedes también acudir a una Junta Arbitral de Consumo de tu comunidad.

Conviene guardar capturas de pantalla si la comunicación es por SMS, o grabaciones en el caso de llamadas (siempre avisando al interlocutor, por legalidad).

El contexto: por qué se busca limitar el spam telefónico

Las llamadas comerciales no solicitadas son una de las quejas más recurrentes entre los consumidores españoles. Según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), más del 70% de los usuarios recibe al menos una llamada de este tipo a la semana. La mayoría proceden de sectores como las telecomunicaciones, la energía y los seguros.

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La CNMC, como organismo supervisor, lleva años sancionando a compañías que incumplen la normativa, pero ha reconocido que las multas no siempre son disuasivas. El Real Decreto 88/2026 supuso un paso firme para desterrar estas prácticas en la electricidad, y la propuesta actual busca cerrar el círculo en el ámbito gasista, donde las tácticas comerciales agresivas tampoco son excepcionales. Según datos de la propia CNMC, en 2025 se impusieron más de 50 sanciones por prácticas de marketing agresivo, y las reclamaciones por spam telefónico aumentaron un 15% respecto al año anterior.

La prohibición, además, se alinea con el espíritu del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que exige consentimiento libre e informado para cualquier tratamiento de datos personales con fines de marketing. De prosperar la iniciativa, el usuario tendría más control sobre su privacidad y podría bloquear con eficacia a las comercializadoras intrusivas.

El derecho a decidir quién te llama es una pieza clave de la protección del consumidor, y la CNMC quiere que las comercializadoras de gas respeten ese principio tanto como las de electricidad.

🛒 La ficha de consumo

  • ⚠️ Problema: Las comercializadoras de gas podrían estar realizando llamadas comerciales sin tu consentimiento.
  • 💸 Posibles consecuencias: Intrusiones en tu privacidad y riesgo de contratar servicios no deseados.
  • Consejos para solucionarlo: Da tu consentimiento solo cuando quieras, y si te llaman sin él, reclama ante la CNMC o protección de datos.
  • 🏁 Resultado final: Silencio telefónico y más control sobre tus datos personales.