Andrés Millán advierte: si tu pareja te paga el alquiler, Hacienda lo ve como donación

El abogado y economista alerta sobre una práctica habitual que puede salir cara: las transferencias mensuales sin contrato a nombre de los dos pueden tributar como donación. Te explicamos qué dice la ley y cómo evitarlo.

Si cada mes tu pareja te hace una transferencia para pagar la mitad del alquiler y solo tú figuras en el contrato, Hacienda puede considerarlo una donación. Así lo ha advertido el abogado y economista Andrés Millán en una reciente publicación en LinkedIn, donde alerta de las consecuencias fiscales de una práctica más común de lo que parece.

¿Cuándo convierte Hacienda tu alquiler en una donación?

Millán lo cuenta desde su experiencia personal. ‘Como ganamos cantidades diferentes, nos dividimos el pago de la renta: yo pago dos tercios y mi novia un tercio’, explica. Y aquí lanza la advertencia clave: ‘Si el contrato está a nombre de uno solo y el otro le transfiere su parte cada mes, a ojos de Hacienda eso se puede considerar una donación’. La razón es sencilla: la transferencia de quien no aparece en el contrato carece de justificación económica clara y puede catalogarse como un regalo, sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD, el tributo que grava las transmisiones gratuitas de bienes).

En la práctica, esto significa que si tu pareja te ingresa 400 euros al mes y no hay un contrato de alquiler a nombre de los dos, Hacienda podría reclamar ese dinero como una donación, exigiendo la correspondiente autoliquidación del ISD. Y ojo: las sanciones por no declararlo pueden ser considerables.

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La solución que propone Millán es tan simple como ponerse ambos en el contrato. Así, la aportación de cada uno queda amparada por el documento que regula la relación con el casero y se evita el posible conflicto fiscal.

¿Basta con un acuerdo privado entre la pareja?

Muchos pensarán que con un simple documento privado en el que se reconozca el reparto de gastos es suficiente. La realidad es más tozuda. La Agencia Tributaria no suele aceptar estos acuerdos como prueba sólida; prefiere el contrato de arrendamiento inscrito o, al menos, reconocido formalmente por el arrendador. Por eso, la vía más segura sigue siendo figurar ambos en el contrato de alquiler, aunque a veces el casero ponga pegas.

Y si por lo que sea no es posible, Millán recomienda ‘dejar estipuladas estas movidas entre vosotros’ para minimizar riesgos, pero sin falsas garantías: ‘no queda otra’ que andar con el papeleo.

Por qué importa ahora más que nunca

La advertencia llega en un momento en el que el alquiler compartido entre jóvenes se ha disparado. Con la tasa de emancipación en mínimos históricos y unos salarios que no acompañan, cada vez más parejas optan por dividir la renta sin atender a los flecos legales. Mientras el fisco afina sus sistemas de control de transferencias bancarias, este tipo de ‘descuidos’ pueden salir caros.

Además, el propio Millán basa parte de su aviso en una reciente sentencia judicial que respalda que se exija el ISD en estos casos si no existe un contrato que justifique el flujo de dinero. La sentencia, aunque no detallada en su publicación, refuerza la idea de que Hacienda no reconoce el reparto de gastos domésticos como excepción automática.

Pagar tu propia casa con tu pareja puede acabar en una reclamación de Hacienda por donación si no estás en el contrato.

No es una postura nueva, pero sí cada vez más aplicada. El ISD está pensado para grandes transmisiones de patrimonio, pero la normativa no distingue: cualquier transferencia sin contraprestación puede ser interpretada como donación. Y en una época en la que la digitalización permite cruzar datos con facilidad, el riesgo de que salte la alerta crece.

Así que si estás compartiendo alquiler, la recomendación es clara: habla con tu casero lo antes posible y cambiad el contrato para que ambos figuréis. Si no, al menos ten documentado el acuerdo por escrito y guarda todos los justificantes, aunque la seguridad total no existe sin el papel oficial.

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En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? Hacienda puede considerar donación la transferencia del alquiler si solo uno figura en el contrato.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier pareja que comparta alquiler y uno de los dos no aparezca en el documento oficial.
  • ¿Qué puedes hacer al respecto? Poner ambos nombres en el contrato o, como mínimo, dejar un acuerdo por escrito mientras tanto.