Mucho ojo: con estos despidos no tendrás derecho a paro

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Quedarse sin trabajo es siempre una situación difícil, sobre todo cuando se tiene familia que mantener. Por eso, uno de los primeros pensamientos que asaltan a quien pierde su empleo es si podrá o no cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, no basta solo con haber cotizado lo suficiente, también es necesario que el despido se ajuste a determinadas causas para poder cobrar el paro. Lo aclara el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web. Para percibir el paro hay que encontrarse primero en «situación legal de desempleo«. Es decir, haber dejado de trabajar en contra de la propia voluntad, independientemente del motivo. En este artículo te contaremos en qué casos no puedes percibir la prestación por paro.

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Los retiros voluntarios están fuera del paro

Los despidos voluntarios, fuera del paro

Los ceses voluntarios, aquellos en que el propio trabajador decide irse por motivos personales, no dan opción a cobrar el paro. Y ello porque, afirma el SEPE, «el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo«. Es decir, no cubre a quienes voluntariamente han renunciado a su puesto. A continuación te contaremos que excepciones existen para cobrar el paro. ¡No te lo pierdas!

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