Un octavo condenado por el asalto a Blanquerna pide el indulto

Un octavo condenado por el asalto al centro cultural Blanquerna en 2013 ha presentado ante el Tribunal Supremo su petición de indulto al Gobierno para evitar su ingreso en prisión.

Fuentes jurídicas han confirmado que en el Alto Tribunal consta ya la solicitud. Esta misma semana, el Supremo ha informado en contra de conceder la medida de gracia a siete de los condenados.

De los 14 condenados, uno fue detenido y ya cumple pena en el recinto de Victoria Kent (en Madrid) y otro aún se encuentra en paradero desconocido. De los 12 restantes, la Audiencia Provincial de Madrid –hasta el momento– solo tiene constancia de cuatro tramitaciones de indulto, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia. Por ello, solo ha requerido a ocho de los condenados a acudir presencialmente a su sede, entre este jueves y el lunes, para recoger el mandamiento de ingreso voluntario en prisión.

La Audiencia de Madrid emplazó a estos condenados después de que el Tribunal Constitucional inadmitiera el recurso de amparo que motivó la suspensión de la ejecución de varias de las penas el pasado abril. Les da un plazo de 10 días una vez hayan recogido el mandamiento para ingresar en el recinto penitenciario que elijan.

SENTENCIA ENMENDADA

Los 14 del ‘caso Blanquerna’ fueron condenados por la Audiencia Provincial a penas de entre seis y ocho meses de cárcel por delitos de desórdenes públicos y daños. También fueron condenados a indemnizar de forma conjunta y solidaria a la Generalitat con 1.372 euros y a su exdelegado en Madrid Josep María Bosch con 94 euros.

Posteriormente, el Supremo estimó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y elevó la pena a dos años y 10 meses de prisión por un delito de desórdenes públicos en concurso ideal con el de impedimento del derecho de reunión y una agravante por discriminación ideológica; y a un año y un mes de cárcel por un delito de daños apreciando una atenuante por la reparación del daño.

Respondiendo a una serie de recursos de amparo, el Constitucional ordenó al Supremo dictar una nueva sentencia. Determinó que se vulneró el derecho a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia por aplicar la agravante de haber cometido el delito por motivos de discriminación ideológica.

El pasado julio, el Supremo emitió un nuevo fallo en el que no apreció la agravante de discriminación ni la atenuante de reparación del daño. Así fijó las condenas en dos años y siete meses de prisión para 12 de los acusados; dos años y nueve meses de prisión para Juan Luis López García por haber tenido un papel protagonista en los hechos; y dos años y ocho meses de prisión a Jesús Fernando Fernández Gil por ser quien encabezó la acción ilícita.