La ONG pelea su recurso por la deportación de menores en Ceuta

La Asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado ha presentado un recurso de reposición en el que pide a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que reconsidere su decisión de inadmitir un primer recurso formulado contra el escrito redactado el 10 de agosto por el Ministerio de Interior que desembocó en la deportación de los menores marroquíes llegados a Ceuta en mayo, reivindicando que no fue un mero «ruego» sino una «orden ejecutiva».

La ONG impugnó dicho escrito, redactado por la Secretaría de Estado de Seguridad, al estimar que fue el documento que habilitó las deportaciones masivas, si bien la Sala, en un auto del pasado 13 de octubre, inadmitió el recurso por entender que, «más allá de la apariencia formal de carta o comunicación interadministrativa», fue en realidad una nota interna que no tuvo efectos frente a terceros y, por tanto, no se puede recurrir.

De esta forma, la Audiencia Nacional dio la razón al Ministerio de Fernando Grande-Marlaska, el cual argumentaba que esta comunicación con la Delegación del Gobierno de Ceuta del 10 de agosto no podía ser considerada una instrucción, al carecer la Secretaría de Estado de Seguridad de competencias en un procedimiento que se puso en marcha por petición del Gobierno ceutí y contando con el visto bueno de Marruecos.

La Asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado ya anunció entonces que agotaría los cauces judiciales y, en consecuencia, unos días después –el 21 de octubre–, presentó un recurso de reposición ante esta misma Sala, pero con miras a recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, según las fuentes consultadas.

El recurso de reposición, insiste en que, si bien la Sala «se centra en la naturaleza jurídica del acto recurrido considerándolo de mero trámite y una actuación interna de la administración, de su propio texto, interpretado conjuntamente con los correos electrónicos que constan en el expediente, se determina que en su contenido es una orden ejecutiva».

Y ello, esgrime, porque si la Delegación del Gobierno remitió a Interior la solicitud del Gobierno ceutí es porque dicha delegación «no tiene competencias para admitir esa solicitud ni tramitarla, y mucho menos para dictar la resolución estimatoria de la misma, sino sólo el Ministerio», el cual, «en uso de sus competencias, autoriza la extradición de los menores no acompañados y se la remite a la Delegación del Gobierno en Ceuta para que la ejecute».

Así, insiste en que «el documento que emana del Ministerio del Interior no es simplemente un ‘ruego’, sino una resolución que pone en marcha un procedimiento de expulsión, sin cumplir los requisitos de las disposiciones reglamentarias».

«COBERTURA POLÍTICA»

La ONG refuta también el argumento de que el escrito de 10 de agosto no tuvo efectos sobre terceros «cuando es lo que pone en marcha las 55 expulsiones». «¿55 menores no son suficientes ‘terceros’?», plantea. «¿Desde cuando un simple documento interno puede desplegar tantos efectos y tan negativos?», ahonda.

Con todo, no duda en afirmar que «las expulsiones realizadas por la Delegación del Gobierno de Ceuta tienen a dicho documento como cobertura ‘legal’ o al menos como cobertura ‘política’ de su actuación».

Además, recalca que las deportaciones se produjeron «sin cumplir los requisitos de las disposiciones reglamentarias». «Nos encontramos ante una vía de hecho por haberse prescindido total y absolutamente del procedimiento establecido».

La Fiscalía, que no se opuso a admitir el recurso de la ONG, consideró «nulo de pleno derecho» cómo se llevó a cabo el proceso de repatriación de estos menores porque no cumplió con requisitos básicos, como informar a estos niños y adolescentes de sus derechos.