El proceso que investiga la contaminación del Mar Menor quedará listo para juicio oral antes de que finalice el año

El Fiscal Superior de la Región de Murcia, José Luis Díaz Manzanera, ha destacado el «gran impulso» dado en los últimos meses a la investigación en el procedimiento judicial de contaminación del Mar Menor, el denominado caso ‘Topillo’, y espera el auto de Procedimiento Abreviado para antes de finalizar este año 2021 para «encaminarlo así a juicio oral».

Así lo ha hecho saber Díaz Manzanera durante el discurso que ha ofrecido en el acto de apertura del Año Judicial en la Región de Murcia 2021/2022, en el que ha hecho un balance de la actividad del Ministerio Público.

«Huelga decir que es éste el más grave problema medioambiental de esta Región, posiblemente de toda su historia, con graves efectos en muchos sectores y con una compleja solución, derivado de un cúmulo de acciones y omisiones que se arrastran desde hace más de 40 años, y que debería ser tal vez tratado como un asunto no solo regional sino de Estado», tal y como ha señalado Díaz Manzanera en referencia a la laguna salada.

Ha considerado «desolador» ver que, desde diciembre de 2017, fecha de la presentación de la denuncia por la Fiscalía, «se haya empeorado en su situación medioambiental, con varios episodios de eutrofización y de anoxia con mortandad de flora y fauna». Así, ha considerado que «se conoce la posible causa principal de ello, según opinión técnica unánime, pero su posible solución, que quede claro, que no se va a encontrar en la vía judicial».

«A problemas extremos hay que aplicarle soluciones extremas, por muy duras que sean esas decisiones», ha manifestado el Fiscal Superior de la Región, quien ha estimado que, en la vía judicial se podría conseguir en primer lugar la «exigencia de responsabilidades penales y civiles derivadas de aquellas, aplicando el fin retributivo de las penas a los responsables de la contaminación, y a los responsables públicos que hayan omitido su obligación de actuar, así como buscar la prevención general y especial».

En segundo lugar, estima que también se puede conseguir por vía judicial que, a instancia de la Fiscalía, «se interese de la Administración competente que exija a los infractores la responsabilidad ambiental para restaurar y reparar e indemnizar, y si se omite esta obligación, el presentar una demanda en el Tribunal Superior de Justicia para obligar a actuar, como así es conocido que tristemente ha sucedido esto último».

No obstante, ha insistido en que este problema «debe tratarse en el ámbito político y administrativo», y ha considerado que «todo gira fundamentalmente en una necesidad ineludible de coordinación y entendimiento entre las administraciones competentes y con los sectores afectados».

«Y las negligentes gestiones en estos temas, por muy nefastas que sean sus consecuencias, difícilmente pueden ser revisadas por el derecho penal», al no estar tipificados los delitos contra la Administración Pública en su modalidad imprudente, tal y como ha añadido.

DISMINUCIÓN DE ASUNTOS POR LA PANDEMIA

En su intervención, Díaz Manzanera ha señalado que se ha notado una disminución por procedimientos penales debido a la pandemia. Así, ha recordado que la suma de todas las incoaciones fue de 69.609 (82.017 el año anterior), lo que supone un 15,12% de descenso. Además, se celebraron 6.168 juicios (el año anterior fueron 8.968 juicios) un 31,22% menos.

Por tipología de delitos, ha señalado que se ha producido un leve aumento por la pandemia en los asuntos de lesiones en violencia de género y maltrato familiar y habitual, y amenazas en el ámbito familiar; así como en delitos contra la libertad sexual: violación, utilización de menores con fines pornográficos, corrupción y abusos sexuales a menores, acoso por telecomunicaciones a menores de 16 años, y constan dos diligencias de investigación por abusos sexuales de sacerdotes a menores.

También han aumentado en delitos contra el patrimonio: robo y hurto de uso de vehículos, usurpación de inmuebles (okupas), estafas; así como los delitos contra la Administración de Justicia: con un 45,43% de aumento y destaca el quebrantamiento de condena o medida cautelar.

En cambio, ha señalado que hay una disminución en los delitos contra la integridad física, en acoso laboral e inmobiliario, en delitos contra las relaciones familiares, hurtos, robos con fuerza, y robos con violencia e intimidación.

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

«Mención especial» merece, según Díaz Manzanera, los delitos contra la Administración Pública en los que hubo un aumento de incoaciones con un 44,11%: en desobediencias, en malversación y sobre todo, en prevaricación.

«Los datos hablan por sí solos», según el Fiscal Superior, quien ha precisado que entre 2020 y 2021 se han registrado en la Fiscalía de Murcia 61 diligencias de investigación de esta materia, siendo archivadas 47 (lo que supone un 77% del total), de las que 52 son por prevaricación, entre las que se encuentran como denunciantes: partidos políticos en 12 casos, además de 17 de particulares o empresas, 14 de funcionarios y 6 de asociaciones.

«Denuncias que, en su mayor parte, no deberían de haberse presentado, atendiendo a los nulos indicios de criminalidad, debiéndose plantear en otra jurisdicción diferente a la penal, que es muy restrictiva, ya que en ella se exige, entre otros requisitos, un dolo específico muy difícil de acreditar», ha aseverado. «No todo es delito», según Díaz Manzanera, quien cree que «lo que evidentemente ha de ser rechazable es si alguna de esas denuncias estuviese guiada en buscar básicamente el efecto mediático.

«Que no quepa la menor duda que si la Fiscalía observa indicios mínimos de delito, judicializa los hechos con la pertinente denuncia o querella, advirtiendo siempre a los denunciantes, que pueden presentarla en el Juzgado competente», ha aseverado. De la misma manera, ha asegurado que «se procede, como así ha sucedido en varios casos, al archivo de plano al comprobar que el contenido de la denuncia desde su umbral o entrada, no tiene ninguna base fáctica, ni probatoria, ni jurídica».

«No sería de recibo que detrás de esa práctica incorrecta hubiese una utilización torticera y abusiva de una institución pública estatal como es la Fiscalía, y en los casos más claros se podría hasta perseguir por acusación y denuncia falsa», ha advertido.

DATOS POR TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

En tipologías delictivas más concretas, ha lamentado en violencia contra la muerte de una víctima, en agosto de 2020, en la localidad de Águilas, mujer que no había denunciado anteriormente a su presunto homicida.

A este respecto, ha señalado que la suma total en esta área es de 6.504 procedimientos incoados, con 1.328 sentencias en toda la región, y destaca que «más del 11% han sido absolutorias por retirada de denuncia por la mujer».

En este sentido, ha criticado la dispensa de la obligación de declarar introducida en la reforma legal producida por la L.O. 8/21, de 4 de junio. «No existe ya tal derecho cuando el testigo-víctima esté o haya estado personado en el procedimiento como acusación particular, y cuando el testigo-víctima haya aceptado declarar durante el procedimiento después de haber sido debidamente informado de su derecho a no hacerlo».

En cuanto a las medidas cautelares, ha señalado que constan 73 ingresos en prisión provisional, 190 órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación, y 297 órdenes de protección. Además, ha subrayado el aumento de colocación de dispositivos técnicos de control (pulseras), ya que constan 50 activas en 2020.