A partir del 5 de octubre, tu contrato de trabajo ya no podrá decir solo 'según convenio': la empresa tendrá que detallarte el sueldo, la jornada y las horas extra.
El Ministerio de Trabajo lo hizo oficial a principios de este mes. Es la trasposición de una directiva europea que obliga a las empresas españolas a cambiar el contenido de los contratos laborales. Se regula con el Real Decreto 723/2026, que entra en vigor ese mismo 5 de octubre.
Andrés Millán, el abogado creador de contenido jurídico con más seguidores en redes, lo explicó en LinkedIn con un ejemplo sencillo. Si en la casilla del salario pone 'según convenio' y en la de la jornada también, tienes un contrato que no te dice nada de tu trabajo.
Qué cambia exactamente en tu contrato a partir del 5 de octubre
Se acaban los contratos que remiten al convenio sin más detalle. Desde esa fecha, antes de que empieces a trabajar, la empresa tiene que darte por escrito tu salario base.
También tendrá que incluir sus complementos y cómo se calcula la parte variable. Además, deberá indicar tu jornada y cómo se reparte, las horas extra y cómo se pagan, tus vacaciones, el convenio que te aplica y cuánto dura tu periodo de prueba. Todo esto, siempre que te contraten para más de cuatro semanas.
La norma obliga a poner por escrito lo que antes se daba por sabido, pero solo si el trabajador mueve ficha y lo pide.
El detalle que cambia todo: el 'según convenio' a secas ya no vale para nada. Si tu contrato te manda al convenio colectivo, tiene que decirte en qué artículo está cada condición.
Y ojo con los algoritmos. Si usan uno para decidir tu sueldo o tu ascenso, tienen que decírtelo. Si te cambian algo después de firmar, también: deben comunicártelo por escrito, como tarde, el día en que el cambio empieza a aplicarse. La única excepción son los cambios que vienen de la ley o del propio convenio.
Si ya estás trabajando, aquí está la letra pequeña
Llega el matiz que importa. Si tu contrato ya está firmado, la empresa no tiene que darte nada por su cuenta. Se lo tienes que pedir tú.
Tienen treinta días hábiles para contestarte desde que lo pides. Millán recomienda hacerlo por email, porque así queda registrada la fecha exacta en la que empiezan a contar esos días.
Conviene pedir cuatro cosas concretas en cuanto entre en vigor. Primero, tu salario base, y cada complemento por separado, con el cálculo del variable si lo cobras. Segundo, tu jornada, cómo se reparte y cómo se pagan las horas extra. Tercero, qué convenio tienes y en qué artículo están tus condiciones. Y cuarto, si usan algún algoritmo para decidir sobre ti.
Por si fuera poco, Millán deja un aviso al final de su publicación: saber lo que cobras es la parte fácil. Lo difícil es qué haces con esa información.
Por qué esto importa más de lo que parece
La trasposición de esta directiva europea llega con una trampa de diseño. El Real Decreto 723/2026 protege de verdad a quien firma un contrato nuevo a partir del 5 de octubre. Para quien lleva años en la misma empresa con un contrato escueto, la protección depende de su propia iniciativa.
Y ahí está el problema. Mucha gente no sabe qué pedir, o no se atreve por miedo a represalias. La empresa tiene treinta días hábiles para responder, pero la norma no detalla qué pasa si no contesta. Eso deja la pelota en el tejado del trabajador.
Ponte en el caso más común: tienes un contrato de hace años, de esos que caben en una hoja, con 'según convenio' repetido en tres casillas. A partir de octubre puedes pedir por escrito que te lo concreten. Nadie te lo va a ofrecer por cortesía.
La comparación es sencilla. Las empresas que contratan nuevo tendrán que adaptar sus modelos de contrato sí o sí. Las que tienen plantilla antigua solo se moverán si los trabajadores reclaman. Por eso el primer consejo es práctico: guarda el email, apunta la fecha de envío y revisa tu nómina cuando llegue la respuesta.
El cambio de fondo es bueno: más transparencia, menos 'ya lo verás en el convenio'. Falta que alguien lo haga cumplir sin que tú tengas que pelear cada casilla.
📅 Dónde y cuándo
- Plazo: el Real Decreto 723/2026 entra en vigor el 05/10/2026.
- Quién está afectado: los contratos nuevos de más de cuatro semanas y, si lo pides, los ya firmados.
- Cuánto: no es una ayuda económica; es la obligación de detallar salario, jornada, horas extra y convenio.
- Dónde se solicita: por email a tu empresa o a recursos humanos, para que quede constancia de la fecha.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Desde el 5 de octubre tu contrato no puede decir solo 'según convenio'.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A los contratos nuevos de más de cuatro semanas y, si lo pides, al tuyo.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Si ya trabajas, pide por email tu salario, jornada y convenio.



