El Gobierno acepta la propuesta de crear un registro público de plataformas digitales

El Mininisterio de Trabajo y Economía Social ha aceptado incorporar a la futura norma que regulará las plataformas digitales la petición de CCOO y UGT de crear un registro público para estas entidades, según consta en la última propuesta que ha trasladado el Gobierno a los agentes sociales.

En concreto, Trabajo ha añadido en el borrador de la ley una disposición adicional por la que se crea un registro de plataformas digitales, dependiente del propio Ministerio.

Como requisito «previo e indispensable» a la iniciación o continuación de sus actividades, deberán inscribirse en este registro «todas las entidades que se presenten, vayan a presentarse, funcionen o vayan a funcionar como plataformas digitales coordinando transacciones mediante el uso de algoritmos».

Según la propuesta de Trabajo, al inscribirse en este registro, las plataformas deberán informar de las actividades y sector en el que se integra la actividad que realizan; del convenio sectorial y empresarial, en su caso, aplicable; del modelo de organización del trabajo; de la descripción de los diferentes puestos de trabajo, de su múmero de trabajadores, y del capital inicial y procedencia de éste, incluidas las posibles ayudas económicas públicas.

Asimismo, deberán informar del algoritmo aplicado para la organización de la actividad, incluyendo, como mínimo, «el pseudo código o diagrama de flujo utilizado, así como los sistemas de reputación utilizados, en su caso, y a quién se aplican».

El funcionamiento de este registro, que será de acceso público, se establecerá en un futuro reglamento, que en principio estará listo en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la norma que regulará las plataformas digitales, cuyo contenido aún se está debatiendo en la mesa de diálogo social.

La no inscripción y/o no haber solicitado la inscripción en el registro de plataformas digitales con carácter previo al inicio de la actividad se considerará infracción muy grave, por lo que estas plataformas podrán ser multadas con entre 6.251 y 187.515 euros.

Según han defendido los sindicatos, mediante este registro podrá determinarse si las relaciones laborales de la plataforma deben ser por cuenta ajena o si, por el contrario, sus trabajadores pueden ser autónomos.

La norma establecerá los criterios que deben cumplir las plataformas digitales para ajustarse al marco laboral español y a las sentencias que han venido dictando distintos tribunales de justicia, entre ellos el Supremo, que ha considerado falsos autónomos a los repartidores de empresas como Glovo o Deliveroo.

OBSERVATORIO DE PLATAFORMAS DIGITALES

Otra demanda sindical que el Gobierno ha aceptado es la de crear un observatorio tripartito de plataformas digitales como órgano de carácter consultivo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, en el que estarán representados también sindicatos y empresarios.

Este observatorio será informado mensualmente de los datos obtenidos del registro de plataformas digitales, y seguirá la evolución de la actuación de éstas, «constituyéndose en el órgano de interlocución permanente en esta materia entre la Administración General del Estado y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas», señala el Gobierno en su propuesta.

La composición, la forma de designación de sus miembros y su régimen de funcionamiento se establecerá mediante una orden ministerial.

En el ámbito de aplicación de esta futura ley se incluirán, entre otras, las actividades Reparto o distribución de cualquier producto de consumo o de mercancía a terceras personas y los servicios en el ámbito del hogar familiar.

Según la propuesta del Gobierno, los sindicatos tendrán derecho a conocer toda la información relativa a los parámetros y reglas de toma de decisión en los que se basan los algoritmos utilizados por la empresa que puedan incidir directa o indirectamente en las condiciones de trabajo y de acceso y mantenimiento del empleo.

Esta información, apunta Trabajo en su propuesta, «deberá proporcionarse de forma clara y exhaustiva con carácter trimestral».