Ryanair, condenada por cobrar por la maleta de mano

El juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha dado la razón a una pasajera de un vuelo Madrid-Bruselas a la que la aerolínea le impidió subir su maleta de mano a la cabina del avión, alegando que también llevaba un bolso personal.

De esta forma, la compañía deberá devolver los 20 euros extra que obligó a la pasajera a pagar ya que fue una medida «abusiva».

La magistrada pide que se distinga entre el «simple bolso de escasas dimensiones» que «se puede ubicar perfectamente en la parte inferior del asiento delantero», y las «maletas o mochilas en cuyo interior lleva su ropa y demás objetos».