La Junta Electoral abre expediente sancionador a Sánchez por una entrevista desde la Moncloa

La Junta Electoral Central (JEC) procedió este miércoles a la apertura de un expediente sancionador al presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, por una entrevista que concedió a laSexta en el Palacio de la Moncloa el pasado 25 de octubre. También a la ministra de Educación y portavoz del Ejecutivo en funciones, Isabel Celaá.

Así lo ha hecho público este organismo que vela por la neutralidad en los comicios tras estimar la denuncia presentada por el Partido Popular. Además, adopta esta decisión después de advertir al Gobierno -el pasado 17 de octubre – sobre posibles sanciones si volvía a ser apercibido de vulnerar el principio de “neutralidad” que se requiere en periodo electoral.

Más allá de por el lugar donde se realizó la entrevista, por ser “en el marco de una entrevista en un medio de comunicación de titularidad privada, la Junta considera que se vulneró la neutralidad “singularmente”, porque las manifestaciones del candidato del PSOE fueron “difundidas en la página oficial que Presidencia del Gobierno tiene en internet”. Por eso reclama “que la transcripción y difusión de dicha entrevista deberá permanecer retirada de la página oficial mencionada, al menos hasta que finalice el proceso electoral».

Según el artículo 153.1 de la LOREG, “toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente Ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares”.

Para esta «incoación de expediente sancionador» a Sánchez -«atendiendo a las circunstancias que rodean la entrevista de referencia, así como al hecho de que ya se efectuó en fecha reciente apercibimiento a todos los miembros del Gobierno para que se abstuviesen de vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral»- la Junta designa como instructor al vocal Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, y como secretario a Carlos Gutiérrez Vicén, secretario de la Junta Electoral Central, que han aceptado el cargo.

FRANCO

No obstante, la JEC desestima la denuncia del Partido Popular contra la Declaración institucional que hizo el presidente con “motivo de la exhumación del General Franco” porque “no se aprecia en su contenido una campaña de logros con connotaciones electoralistas que persigan la movilización del voto en favor de una formación política determinada, máxime teniendo en cuenta la concisión y comedimiento con que ha sido efectuada y que en ella se alude a la exhumación como el resultado de decisiones provenientes de los tres poderes del Estado, con lo que cabe concluir que, en sentido estricto, dicha Declaración Institucional no ha vulnerado el art. 50.2 de la Loreg.

PROCEDE CONTRA CELAÁ

Además, la Junta también procede a la incoación de expediente sancionador contra la portavoz y ministra de Educación en funciones, Isabel Celaá, por vulnerar la prohibición de realizar “campaña de logros” en periodo electoral.

La JEC ve una “clara connotación electoralista” en las declaraciones de la portavoz al valorar la última Encuesta de Población Activa (EPA) porque hizo sus manifestaciones en su intervención inicial.

“Dichas manifestaciones se efectuaron antes de dar cuenta del contenido de los acuerdos del Consejo de Ministros, con lo que de ningún modo cabe pensar que fuesen el resultado espontáneo de las preguntas formuladas por los periodistas, sino más bien que se trata de unas manifestaciones previamente elaboradas”, señala la JEC.