El Gobierno aprueba el anteproyecto para desarrollar el registro de pasajeros de lucha contra el terrorismo

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el anteproyecto de ley orgánica sobre la utilización de los datos del registro de nombres de pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves.

Esta ley tiene como objetivo incorporar al ordenamiento jurídico español la directiva 2016/681 del Parlamento y del Consejo Europeo, la llamada Directiva PNR, referida a la utilización de datos del registro de los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delincuencia grave.

La ley aborda tanto la recogida y tratamiento de estos datos como su intercambio con otros Estados miembros, terceros países y Europol

Los datos PNR se deberán recoger en vuelos internacionales, tanto extracomunitarios como intracomunitarios, comerciales y privados. Forman parte de esta información el nombre y apellidos del pasajero, dirección y datos de contacto, datos de pago, información sobre el equipaje, itinerario de viaje, información sobre viajeros asiduos, agencia u operador de viajes, información del billete y datos del asiento.

Los datos serán recogidos y tratados por la Unidad de Información sobre Pasajeros española, encuadrada en el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (Citco), adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. Se les aplica la normativa vigente sobre protección de datos, y servirán únicamente para prevenir, detectar, investigar y enjuiciar los delitos de terrorismo tipificados en nuestro Código Penal y delitos muy graves a los que se refiere la Directiva PNR.

Una vez recogidos los datos, se cotejarán informáticamente con todos los ficheros disponibles, y la Unidad de Información sobre Pasajeros podrá ponerlos a disposición de las autoridades con los fines previstos.