El aviso de Hacienda a los usuarios de Vinted y Wallapop: la multa automática si superas este límite de ventas.

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Superar el límite no genera una multa automática: activa el cruce de datos

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Rebasar las 30 operaciones anuales o los 2.000 euros de ventas en Vinted o Wallapop no desencadena ninguna sanción: lo que provoca es que la plataforma deje de aplicar la exclusión de minimis de la directiva DAC7 y tenga que incluir al vendedor en el modelo 238, la declaración informativa que los operadores remiten cada enero con la actividad del ejercicio anterior. El umbral se lee con un «o»: basta con superar uno de los dos límites —aunque el otro quede lejos— para que el portal comunique a la Agencia Tributaria el nombre, el NIF, el domicilio, la cuenta bancaria, los importes cobrados y el número de operaciones de cada trimestre.

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El resultado es un aviso preventivo en los datos fiscales del contribuyente, no una liquidación. En la campaña de la Renta de 2024 se incorporaron unos 330.000 avisos vinculados a plataformas digitales, dentro de un paquete de más de tres millones de comunicaciones; para la actual, la Agencia Tributaria ha anunciado 3,55 millones de avisos. El organismo insiste en que estos mensajes son «meramente informativos» y no implican que esas ventas deban tributar. Wallapop calcula, además, que más del 90% de sus transacciones se cierran por debajo del precio de compra y que apenas en torno al 1% de sus 19 millones de usuarios activos llega a los umbrales de reporte.

El cruce de datos solo genera consecuencias si de él sale una ganancia patrimonial sin declarar. Vender por debajo del precio de compra —el caso habitual en segunda mano— no tributa, y esa pérdida tampoco se puede compensar con otras ganancias. Cuando sí se vende más caro de lo que se compró, el beneficio se declara en la base del ahorro, con tipos que van del 19% al 30%, y es entonces cuando Hacienda puede reclamar la cuota, los intereses y una sanción de entre el 50% y el 150% de lo no ingresado.

El problema práctico es probatorio: el fisco tiene el precio de venta que le ha facilitado la plataforma, pero no el de adquisición, y si el vendedor no conserva facturas o justificantes puede acabar fijando un coste cero. Nada de esto ocurre de forma automática. De hecho, la Dirección General de Tributos ha dictaminado que aparecer en el modelo 238 no convierte a un particular en empresario ni le obliga a darse de alta como autónomo. La única reacción inmediata llega antes y viene de la plataforma: si el usuario no facilita sus datos fiscales en 60 días, puede ver bloqueada la cuenta o retenidos los pagos.