Si te subroga otra empresa y sigues en el mismo puesto, la nueva compañía debe mantener todas tus condiciones laborales.
Lo recuerda el abogado laboralista Juanma Lorente, que acumula más de 600.000 seguidores en TikTok explicando derechos laborales en vídeos de un minuto. Su último aviso va justo a eso: a lo que pasa cuando cambias de empresa sin cambiar de trabajo.
La escena se repite cada pocos años en miles de contratas. Una empresa pierde el servicio, otra lo gana, y la plantilla pasa de una nómina a otra sin moverse del sitio. En teoría no debería notarse. En la práctica, mucha gente descubre en la primera nómina que ha perdido días de vacaciones, el teletrabajo o algún plus.
Qué tiene que respetar la empresa que te subroga
La subrogación (cuando otra empresa asume tu contrato y te mantiene en el mismo puesto) no es un borrón y cuenta nueva. La compañía entrante hereda tu relación laboral tal y como estaba.
Lorente lo dice sin rodeos en su vídeo: 'La nueva empresa tiene que respetar todos vuestros derechos. Cuando digo todos, sorpresivamente son todos'. Antigüedad, salario, jornada, categoría, vacaciones, teletrabajo. Todo.
El ejemplo que más consultas le genera es el de las vacaciones. 'Tengo muchas consultas de gente diciéndome: No, Juanma, es que yo antes tenía 35 días de vacaciones y ahora como me han subrogado pierdo ese derecho', cuenta. El otro clásico es el teletrabajo: 'Yo tenía tres días de teletrabajo y ahora han dicho que de eso nada'.
Si la empresa que entra te quita condiciones que ya tenías por escrito, no es una reorganización: es una pérdida de derechos que se reclama.
La clave es quién paga el pato cuando el servicio cambia de manos. La respuesta corta: tú no.
Los 20 días hábiles: el plazo que casi nadie mira a tiempo
Aquí viene lo que se lleva por delante la mayoría de reclamaciones. Lorente avisa de que el plazo es de 20 días hábiles y corre en tu contra: 'Si pierdes derechos en esta subrogación, tienes 20 días hábiles para demandar a la nueva empresa y reclamarlos'.
Días hábiles significa de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos ni festivos. Y se cuentan desde que la modificación se te comunica o desde que la detectas en la nómina, no desde que reúnes valor para llamar a un abogado.
Lo que pasa si llegas tarde también lo dice el abogado: 'Es posible que la nueva empresa entienda que estás encantado con ir todos los días presencialmente a la oficina y perder el teletrabajo'. Traducido: el derecho no desaparece solo porque no protestes, pero el plazo para exigirlo sí.
Ojo con confundir subrogación con un cambio de empresa buscado por ti. Si eres tú el que firma un contrato nuevo y renuncia al anterior, no hay nada que reclamar. La protección existe cuando el cambio lo decide la empresa que contrata el servicio, no tú.
Por qué estas reclamaciones se pierden más de lo que parece
La subrogación no es un invento reciente ni un caso raro. Viene de lejos y funciona igual en limpieza, seguridad privada, mantenimiento, ayuda a domicilio o atención telefónica: sectores donde el cliente final cambia de proveedor cada pocos años y la plantilla se queda. Cada vez que eso pasa, se repite el mismo pulso entre lo que dice la ley y lo que la empresa intenta colar.
El problema tiene dos patas. La primera es la información: mucha gente no sabe que su contrato viaja con ella, y descubre la pérdida de condiciones semanas después, con el plazo ya mordido. Buena parte de las consultas que llega a su despacho tiene el mismo origen: un cambio de empresa y unas condiciones que se esfuman. La segunda pata es el coste de reclamar. Poner una demanda por dos días de teletrabajo no es gratis en tiempo ni en dinero, y de ahí que muchos lo dejen pasar.
Y ahí está el detalle incómodo: la ley te da la razón solo si te mueves rápido. Los 20 días hábiles son cortos para alguien que primero tiene que enterarse de que le han quitado algo, luego buscar asesoría y después decidir si litiga. Hay margen para cambiar eso, por ejemplo con más información en la propia carta de subrogación, pero hoy por hoy quien no aprieta pierde lo que tenía.
📅 Dónde y cuándo
- Plazo: 20 días hábiles desde que la nueva empresa te comunica el cambio de condiciones o desde que lo detectas en la nómina. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin sábados, domingos ni festivos.
- Quién puede reclamar: trabajadores subrogados que pasan a otra compañía manteniendo el mismo puesto y pierden condiciones como vacaciones, teletrabajo, pluses o categoría.
- Cuánto: no hay una cuantía fija; se pide recuperar las condiciones que tenías antes del cambio y, si procede, las diferencias económicas que se hayan dejado de cobrar.
- Dónde se reclama: demanda ante el Juzgado de lo Social, habitualmente con papeleta de conciliación previa ante el servicio de mediación de tu comunidad. El texto legal que regula la sucesión de empresa está en el Estatuto de los Trabajadores publicado en el BOE.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Nada en la ley: la empresa que te subroga debe mantener todas las condiciones que ya tenías.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A trabajadores de contratas y servicios que pasan de una compañía a otra sin cambiar de puesto.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Revisa tu contrato y tu nómina y, si te han quitado algo, reclama dentro de los 20 días hábiles.



