¿Mensajes del jefe en domingo? Esto es lo que dice la ley española sobre la desconexión digital y cómo hacerla valer

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Qué contestar cuando suena el móvil un domingo sin quedar mal

Un hombre disfruta de la pantalla del teléfono por la noche, iluminando su rostro.

La primera respuesta posible es que no hay obligación de dar ninguna. El artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 reconocen el derecho a la desconexión digital y protegen el descanso semanal, así que un mensaje recibido en domingo no exige contestación inmediata ni justificación ante nadie. Los laboralistas insisten en esa idea: el contrato no convierte al trabajador en alguien disponible las 24 horas, y quien sufre represalias o un despido por no atender comunicaciones fuera de jornada puede reclamar, porque ese despido se consideraría nulo y obligaría a readmitir y a pagar los salarios dejados de percibir. La clave para no quedar mal no es responder, sino gestionar la expectativa: un acuse de recibo breve y con fecha —algo como "recibido, lo veo el lunes a primera hora"— transmite compromiso sin ceder el domingo, y el silencio se interpreta cada vez peor cuando la jornada pactada es de lunes a viernes.

El segundo movimiento es trasladar el límite sin convertir el descanso en un pulso. Conviene distinguir lo urgente de lo que solo es costumbre: si el mensaje no responde a una emergencia real, se puede preguntar por la prioridad antes de comprometerse —"¿puede esperar al lunes o necesitas algo hoy?"—, una fórmula que muestra disposición y obliga a explicitar si de verdad corre prisa. Si la empresa dispone de protocolo de desconexión (la ley obliga a elaborar uno), apoyarse en él da cobertura a la respuesta, y medidas como el envío programado o las respuestas automáticas sirven de escudo. El marco se está endureciendo: la reforma de la jornada en tramitación en el Congreso quiere declarar el derecho irrenunciable y prohibir que ejercerlo tenga consecuencias negativas. Y el incumplimiento ya tiene precio: multas de 751 a 7.500 euros para infracciones graves y hasta 225.018 en las muy graves, con condenas judiciales por correos y whatsapps fuera de horario.