Perú ha actualizado el reglamento que regula el teletrabajo con cambios que tocan desde el horario hasta la desconexión digital. El decreto se publicó el 22 de julio de 2026 en el diario oficial 'El Peruano' y, aunque no afecta directamente a los trabajadores españoles, detalla una hoja de ruta que muchas empresas y gobiernos miran de reojo. Porque cuando un país con una economía emergente y fuerte peso del sector servicios mueve ficha, conviene prestar atención.
A ver, vamos por partes. El Decreto Supremo N° 009-2026-TR modifica los artículos 7, 12, 21, 26 y 27 e incorpora uno nuevo, el 10-A, al Reglamento de la Ley del Teletrabajo peruana. La norma aterriza con fuerza en varios frentes: documentación confidencial, fallos de conectividad, cambio de lugar de trabajo, pausas activas y... actividades particulares durante la jornada. Sí, has leído bien: el reglamento se mete hasta en lo que haces en casa mientras fichas.
Estas son las claves que todo teletrabajador debería conocer, aunque trabaje a 10.000 kilómetros de Lima. Traducimos la jerga legal.
¿Qué cambia exactamente en Perú?
Documentación confidencial: el contrato de teletrabajo debe incluir ahora, sí o sí, las medidas de seguridad para el acceso y retirada de documentos sensibles, ya sea en papel o digital. Además, se especifica la responsabilidad del empleado sobre su custodia y confidencialidad. Si te llevas informes a casa, tienes que cuidarlos como si estuvieras en la oficina; y si dejas el puesto, hay un protocolo para devolverlos.
Fallos técnicos o de conexión: la norma obliga al trabajador a reportar y acreditar cualquier corte de internet o avería que le impida trabajar. Eso sí, debe hacerlo por los canales que la empresa haya establecido previamente para que el problema no se le impute como falta. Si se cae la fibra, avisas rápido y no te pueden sancionar.
Cambio de lugar habitual: si quieres mudarte de ciudad o simplemente teletrabajar desde otro sitio de forma permanente, tienes que comunicarlo con cinco días hábiles de antelación (salvo causa justificada). La empresa evaluará entonces los peligros del nuevo espacio — ahora ampliados a riesgos físicos, químicos y biológicos, además de los locativos, eléctricos, ergonómicos y psicosociales — y podrá hacer una verificación presencial o digital, avisando con 48 horas. Sigue existiendo la opción de una autoevaluación, pero la inspección directa queda como alternativa.
Pausas activas: el empleador está obligado a fijar y comunicar los descansos para estiramientos o ejercicios durante la jornada. Y tú, como trabajador, tienes que cumplirlas. Se incorpora la prevención de riesgos laborales al día a día del teletrabajo, con un enfoque más muscular: agentes físicos (ruido, temperatura), químicos y biológicos se suman a la lista de factores que la empresa debe vigilar.
Actividades particulares durante la jornada: aquí viene la parte más polémica. El reglamento define qué se considera una actividad ajena al trabajo y la supedita a las licencias y permisos que conceda la empresa. Si se detecta que estás haciendo algo no autorizado (por ejemplo, durante una videollamada de supervisión), tienes que justificarlo. Si no, se abre un procedimiento disciplinario. Y ojo, porque la sanción máxima puede ser la reversión automática al trabajo presencial. En el caso de poblaciones vulnerables, la empresa debe tener en cuenta las circunstancias que motivaron el teletrabajo, pero tampoco es un cheque en blanco.
La norma peruana obliga por primera vez a regular las pausas activas y castiga el mal uso del tiempo con la vuelta a la oficina.
El decreto deja claro que el teletrabajador debe acreditar los fallos técnicos y que el empleador gana músculo sancionador. La desconexión digital, sin embargo, no aparece reforzada en esta modificación; se mantiene el derecho a no responder fuera del horario, pero el foco está puesto en la productividad y el control.

¿Y en España? Las diferencias clave con nuestra Ley del Teletrabajo
Si trabajas en remoto desde España, esto no te aplica. Nuestra Ley 10/2021 ya regula bastantes de estos aspectos, aunque con matices. La compensación de gastos (luz, internet, equipo) está reconocida, pero sin un baremo claro, y la desconexión digital es un derecho, aunque no siempre se respeta. Lo que sí resulta novedoso es el nivel de detalle: Perú pone por escrito la obligación de pausas activas, la evaluación de agentes biológicos en casa y, sobre todo, la posibilidad de castigar al empleado con la vuelta obligatoria a la oficina si se excede en sus asuntos personales.
En España, las sanciones disciplinarias existen, pero la reversión automática del teletrabajo al presencial no está tipificada como tal: suele depender de lo pactado en el acuerdo individual. Por eso, el reglamento peruano es un termómetro de hasta dónde pueden llegar los legisladores cuando la productividad se convierte en prioridad.
Para los trabajadores jóvenes, que a menudo negocian el teletrabajo sin conocer bien sus derechos, este tipo de normativas sirven de brújula. Eso sí, con una lectura crítica: poner el foco en las «actividades particulares» sin reforzar la desconexión digital puede generar más ansiedad que conciliación. Y eso es justo lo contrario de lo que muchos esperan del trabajo a distancia.
De momento, mientras en España se debate si ampliar las ayudas al teletrabajo o regular las pausas, Perú ya ha dado un paso que combina prevención y control con un realismo a veces incómodo. Saberlo no nos cambia la nómina, pero sí nos entrena la mirada para cuando toque revisar la ley aquí.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado (en Perú)? Nuevos requisitos sobre documentación, fallos, pausas activas y actividades particulares, con posibilidad de vuelta al presencial.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier teletrabajador en Perú, pero como referencia tampoco sobra para quienes teletrabajan en España.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Revisa tu contrato de teletrabajo y conoce bien tus derechos; si las pausas activas o las sanciones por actividades personales no están claras, pregunta.
Nota: Este artículo se basa en la modificación del reglamento peruano publicada el 22 de julio de 2026. Para el contexto español nos hemos apoyado en la Ley 10/2021, de trabajo a distancia.



