Sentencia del Supremo: las ETT ya pueden intermediar en el campo y consolidan la precariedad laboral

El Tribunal Supremo da luz verde a las ETT para contratar a temporeros extranjeros y cederlos a las explotaciones.

Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) ya pueden intermediar en la contratación de temporeros para el campo, también cuando esos trabajadores son contratados directamente en sus países de origen. El Tribunal Supremo ha anulado la prohibición que el Gobierno introdujo en la reforma del Reglamento de Extranjería de 2024, lo que, según sindicatos y organizaciones sociales, consolida un modelo agroindustrial que depende de la precariedad laboral para ser rentable.

Qué dice exactamente la sentencia

La normativa del año pasado vetaba expresamente que las ETT pudieran participar en la contratación en origen de personas extranjeras para ponerlas a disposición de otras empresas. Con la decisión del Supremo, esa barrera desaparece. Las agencias de trabajo temporal recuperan así la capacidad de reclutar a trabajadores en el extranjero y cederlos a las explotaciones agrícolas, igual que ya hacían antes de la reforma.

La intermediación de las ETT en el campo ya era masiva antes de esta sentencia. Según los datos que manejan los sindicatos, el 32 % de los contratos registrados a personas trabajadoras extranjeras corresponden al sector agrario. En Murcia, el 80 % de las contrataciones del campo pasan por alguna ETT; en Huelva, el 89 % de los contratos a extranjeros son agrícolas, y en Almería o Lleida las cifras también superan el 50 %. Ahora esa intermediación se blinda también para las contrataciones en origen.

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Las ETT ya eran una pieza central en la gestión de la mano de obra agrícola; con la sentencia, blindan su capacidad de operar también cuando el trabajador es captado fuera de España.

Por qué los datos asustan a quien trabaja en la recogida

El modelo agroexportador español compite recortando costes, y el único coste que se puede seguir apretando es el de la mano de obra. Semillas, fertilizantes o plásticos tienen poco margen; los salarios y las condiciones de alojamiento, en cambio, aguantan toda la presión. Las ETT añaden una capa extra de intermediación que diluye responsabilidades: quien paga el sueldo es la agencia, no la empresa que se queda con la fruta, y quien da de alta en la Seguridad Social también es la ETT. Esa fragmentación dificulta la organización sindical y convierte en un laberinto reclamar derechos frente a quien realmente se beneficia del trabajo.

Muchos temporeros se enfrentan a horarios abusivos salarios precarios y alojamientos indignos. Cuanto más larga es la cadena de intermediarios, más complicado resulta identificar al responsable cuando aparecen los abusos. Y esta sentencia abre la puerta a que esa cadena empiece ya en el país de origen, con personas extranjeras que a menudo desconocen el idioma, las instituciones o los mecanismos para defender sus derechos.

La contratación en origen, además, ha sido señalada por organismos internacionales como un foco de vulneración de derechos. El movimiento anual de miles de mujeres marroquíes hacia la campaña de la fresa en Huelva es uno de los mayores flujos migratorios de este tipo, y acumula denuncias sobre condiciones de trabajo, alojamiento o libertad de movimiento. Poner esas contrataciones en manos de empresas intermediarias cuya prioridad es el margen económico, advierten los críticos, solo agrava el riesgo.

Un modelo que la ley debería frenar, no acelerar

La prohibición de 2024 fue un intento de cortar esa externalización del reclutamiento laboral en los eslabones más vulnerables. El fallo del Supremo la tumba y devuelve las cosas a un escenario que los sindicatos llevan años denunciando: un modelo donde la contratación temporal se diluye en redes de subcontratación que abaratan la mano de obra a costa de derechos básicos.

Desde Justicia Alimentaria y otras organizaciones se insiste en que combatir la explotación exige algo más que inspecciones: pide excluir a las ETT de sectores donde la vulnerabilidad de los trabajadores se ha convertido en ventaja competitiva. También reclaman recuperar la exclusividad de la acción pública como agencia de colocación para estos puestos y que España ratifique por fin convenios internacionales que protegen a los migrantes, como el Convenio 143 de la OIT o la Convención de Naciones Unidas sobre trabajadores migratorios.

La sentencia no cambia la realidad del día a día de los temporeros, pero la legaliza con más fuerza. Y mientras el precio de la fruta no refleje condiciones laborales dignas, cada paso normativo en esta dirección hiere a quien está en el último eslabón.

En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? El Supremo permite que las ETT contraten a trabajadores extranjeros en origen y los cedan a explotaciones agrícolas, anulando la prohibición de 2024.
  • 👥 ¿A quién afecta directamente? A los temporeros extranjeros y a quienes trabajan en el campo con contratos mediados por agencias; las zonas con más presencia de ETT son Murcia, Huelva, Almería y Lleida.
  • ¿Qué puedes hacer al respecto? Informarte sobre tus derechos, exigir contrato directo cuando sea posible y acudir a la Inspección de Trabajo o a los sindicatos del sector para denunciar irregularidades.