Evita el Impuesto de Sucesiones para tus herederos con esta cláusula del testamento según el Banco de España

El Banco de España recuerda que incluir el tercio de libre disposición en el testamento permite pagar el tributo con los bienes heredados, sin desembolsar de tu bolsillo. Eso sí, el impuesto se debe igual, pero se paga desde la herencia.

Si cuando piensas en dejar una herencia te preocupa que tus hijos o nietos tengan que rascarse el bolsillo para pagar el Impuesto de Sucesiones, el Banco de España acaba de aclarar una herramienta clave en el testamento. No es magia ni una puerta para esquivar el fisco, pero sí permite que el dinero del fallecido cubra el impuesto sin que los herederos tengan que adelantar un euro. Vamos a desgranar qué dice exactamente el organismo y qué implica incluir el tercio de libre disposición (la parte de la herencia que puedes repartir sin atarte a las legítimas).

La confusión viene de series de artículos que hablan de “no pagar” el Impuesto de Sucesiones. El Banco de España es mucho más concreto: lo que permite la cláusula es utilizar directamente los fondos de la herencia para liquidar el tributo. Si no hay esa cláusula, el heredero tiene que poner dinero de su propio bolsillo para pagar el impuesto antes de poder tocar los bienes del fallecido. Ese matiz cambia el panorama para quien no tiene ahorros previos.

Lo que realmente dice el Banco de España (no te confundas)

La nota del organismo —un aviso práctico para quienes gestionan cuentas bancarias de difuntos— subraya que los bancos son responsables subsidiarios del pago del Impuesto de Sucesiones. Es decir, la entidad financiera responde ante Hacienda si el heredero no lo paga. Por eso, para poder soltar los fondos de una cuenta del fallecido, el banco exige al heredero que justifique el pago o la exención del impuesto.

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Pero aquí llega la cláusula en cuestión: si en el testamento se ha establecido el tercio de libre disposición expresamente destinado al pago del impuesto, el procedimiento cambia. El banco puede autorizar un cheque nominal a la Agencia Tributaria con cargo a los bienes del difunto. Es decir, el impuesto se paga, pero directamente desde la herencia, no desde el patrimonio personal del heredero.

Traduzco: si no tienes esa cláusula, Hacienda te dice “paga primero” y el banco te retiene los fondos hasta que lo hagas. Si la tienes, el banco paga con el saldo del fallecido y luego libera el resto. El coste final es idéntico, pero la liquidez para el heredero da un respiro.

El banco puede pagar directamente a Hacienda con el dinero del fallecido, si el testamento lo permite.

Cómo funciona la cláusula: ni magia ni exención total

Para entendernos: el testamento se divide en tres tercios. La legítima (parte que la ley reserva a los herederos forzosos, normalmente los hijos), la mejora (que permite favorecer a algunos) y el tercio de libre disposición. Ese tercio es la llave para que puedas decir a quién va ese dinero y con qué fin. Si en el testamento dejas por escrito que ese tercio se destinará al pago del Impuesto de Sucesiones, el heredero principal podrá cumplir con Hacienda usando exactamente ese dinero.

No se trata de una exención. El impuesto se sigue devengando igual, con los tipos y reducciones que correspondan según la comunidad autónoma y el grado de parentesco. Pero el heredero no tendrá que desembolsar por adelantado. En la práctica, esta cláusula funciona como un seguro de tesorería para quien recibe una herencia y no dispone de efectivo.

Banco de España herencia

Los pasos que tendrán que dar tus herederos para usar el mecanismo

El Banco de España detalla la ruta administrativa. Primero, los documentos imprescindibles: certificado de defunción del causante, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y copia autorizada del testamento o, si no lo hay, declaración de herederos abintestato. Sin esa trilogía, el banco no moverá ni un céntimo.

Una vez presentados, la entidad financiera pedirá el documento de adjudicación y partición de la herencia y la justificación del pago (o exención) del Impuesto de Sucesiones. Aquí es donde se activa la cláusula: si en el testamento figura el tercio de libre disposición para tal fin, el heredero puede solicitar a la entidad el formulario correspondiente. El banco emitirá un cheque a nombre de la Agencia Tributaria y podrás usarlo para liquidar el impuesto.

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Ojo con un matiz práctico: este procedimiento solo funciona si los fondos del fallecido son suficientes para cubrir la cuota tributaria. Si el saldo de la cuenta no llega, el heredero deberá completar la diferencia con su propio dinero o con otros bienes.

Por qué esta aclaración llega justo ahora y qué sigues debiendo pagar

El anuncio del Banco de España no cambia ninguna ley fiscal, pero sí pone orden en un terreno minado de desinformación. Desde hace años, webs y gurús de TikTok prometen métodos para “evitar” el Impuesto de Sucesiones, y muchos herederos se llevan chascos al descubrir que, con cláusula o sin ella, Hacienda no perdona el tributo. Lo que sí evitas es el calvario de tener que pedir un préstamo puente mientras el banco bloquea los fondos.

Para contexto, recuerdo el caso de un reportaje de 2023 donde varios contribuyentes denunciaban que tenían que malvender vehículos o pedir créditos rápidos para pagar el impuesto antes de recibir la herencia. Incluir el tercio de libre disposición destinado al pago elimina esa barrera temporal. Es una medida de pura gestión del efectivo.

Ahora bien, la planificación hereditaria sigue siendo la asignatura pendiente. Esta cláusula solo sirve para quien realmente tiene bienes líquidos en el banco. Si el patrimonio está compuesto mayoritariamente por inmuebles, hará falta vender o hipotecar para pagar el tributo. Y ahí no hay cláusula que valga.

Por otro lado, las reducciones autonómicas siguen existiendo: en comunidades como Madrid o Andalucía, los hijos pueden heredar con una bonificación del 99%. En otras, la factura es mucho más alta. Por tanto, el ahorro fiscal real pasa por revisar la normativa de tu comunidad autónoma y, si lo ves necesario, hacer una donación en vida o contratar un seguro.

En resumen (para tu bolsillo y tu tranquilidad)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? El Banco de España aclara que incluir en el testamento el tercio de libre disposición para pagar el impuesto permite usar los propios fondos heredados, sin adelantar un euro.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier persona que planee heredar a sus familiares y quiera evitarles un desembolso previo. Especialmente útil si no hay liquidez.
  • ¿Qué puedes hacer al respecto? Si estás redactando testamento, incluye una cláusula que destine el tercio de libre disposición al pago del Impuesto de Sucesiones. Y revisa las bonificaciones autonómicas.