Si contrataste un préstamo hipotecario o personal en los últimos años, es muy probable que pagaras una comisión de apertura al firmar. Ahora, varias sentencias judiciales abren la puerta a reclamar su devolución, y podrías recuperar desde varios cientos hasta miles de euros, según el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El debate gira en torno a las comisiones de apertura, un cargo que muchos bancos aplican al formalizar el préstamo y que, según los tribunales, no siempre está justificado. La clave está en si el servicio que la entidad presta a cambio de esa comisión es real o si, por el contrario, se trata de un coste añadido sin contrapartida clara para el cliente.
Según explica el especialista en finanzas José Ramón López, conocido en TikTok como @tu_blog_fiscal, la comisión de apertura se ha cobrado tradicionalmente sin un servicio adicional. 'Primero, porque es una comisión que no tiene ningún sentido, no se da un servicio extra por esto', afirma. 'Y segundo, por la falta de claridad', añade, en referencia a la información que recibe el consumidor al contratar el producto.
La comisión de apertura bajo la lupa: cuánto te han cobrado
La comisión de apertura suele oscilar entre el 0,5 % y el 2 % del capital prestado, según los datos del sector. En una hipoteca media de 150.000 euros, eso supone entre 750 y 3.000 euros. Un desembolso importante que, de considerarse abusivo, se tendría que reintegrar íntegro, más los intereses legales desde que se pagó.
El problema, según ha ido perfilando la justicia, no es el importe en sí, sino la justificación. Si el banco no puede demostrar que esa cantidad corresponde a un servicio efectivamente prestado y detallado en el contrato la comisión podría declararse nula por abusiva. Y, en consecuencia, el consumidor tiene derecho a recuperar hasta el último céntimo.
Además, según el mismo especialista, esto aplica a cualquier préstamo, sin importar el año de firma. Las hipotecas contratadas en 2010, 2015 o incluso en 2023 pueden ser analizadas, porque la declaración de abusividad no está sujeta a un plazo de prescripción que impida reclamar.
Si la entidad no pudo justificar un servicio real asociado a la comisión de apertura, tienes derecho a reclamar su devolución y recuperar el dinero que pagaste.
El respaldo judicial: de Europa a la jurisprudencia española
El punto de inflexión llegó con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 16 de marzo de 2023, que avaló la posibilidad de considerar abusivas las comisiones de apertura cuando no se acredita un servicio real. A raíz de ese criterio, el Tribunal Supremo español reiteró en junio de 2025 su doctrina sobre transparencia y abusividad, dejando claro que, en ausencia de información clara y de una contraprestación identificable, el cobro carece de fundamento.
La creciente litigiosidad refleja el malestar de los consumidores. Según la última Memoria de Reclamaciones del Banco de España, el organismo recibió 56.000 reclamaciones y 54.000 consultas sobre la relación de los ciudadanos con las entidades bancarias. Un volumen que indica cuántas personas se sienten afectadas por prácticas que, en muchos casos, se corrigen solo tras años de pleitos.
Cómo reclamar la devolución, paso a paso
Lo primero que debes hacer es revisar la documentación de tu hipoteca o préstamo. Busca la escritura y la oferta vinculante que te entregó el banco. En ellas debe figurar la comisión de apertura desglosada. Si no recuerdas haber recibido una explicación detallada del servicio que justificaba ese coste, tienes motivos para actuar.
El siguiente paso es presentar una reclamación por escrito ante el servicio de atención al cliente de la entidad. Indica los datos del contrato, el importe abonado y los argumentos que, según la jurisprudencia, cuestionan la validez de la comisión. El banco tiene el deber de responder en un plazo máximo de dos meses. Si no lo hace o la respuesta es insatisfactoria, puedes acudir al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España, que emitirá un informe no vinculante pero relevante para futuras acciones judiciales. Este organismo puede sancionar a la entidad si detecta mala praxis, y su dictamen suele ser tenido en cuenta por los jueces.
Las asociaciones de consumidores, como la OCU y Facua, ofrecen modelos de reclamación y, en algunos casos, servicio de asesoramiento jurídico. Reclamar no exige abogado ni procurador en la primera fase, pero si decides acudir a la vía judicial conviene contar con un letrado especializado. Eso sí, el coste del procedimiento podría compensar si la cantidad a recuperar es elevada.
Conviene tener presente que la reclamación no prescribe por el simple paso del tiempo, ya que el carácter abusivo de una cláusula puede ser declarado en cualquier momento. No obstante, cada caso debe analizarse de forma individual, por lo que es recomendable solicitar una primera opinión profesional antes de iniciar el proceso.
🛒 La ficha de consumo
- ⚠️ Problema: Has pagado una comisión de apertura por tu hipoteca o préstamo que podría ser abusiva al no estar justificada.
- 💸 Posibles consecuencias: Esa cantidad, que puede ir de cientos a miles de euros, se considera un cobro indebido y debe ser devuelta con intereses.
- ✅ Consejos para solucionarlo: Reúne la documentación, reclama al banco por escrito y, si no hay respuesta satisfactoria, acude al Banco de España o a la vía judicial.
- 🏁 Resultado final: Recuperas el importe de la comisión más los intereses legales y evitas que otros consumidores soporten cargos injustificados.



