Lo que dice la DGT sobre aparcar en sentido contrario, ¿se puede?

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En las ciudades modernas, donde el tráfico es intenso y las plazas de aparcamiento escasean, la desesperación por encontrar un lugar para estacionar puede llevar a los conductores a cometer infracciones que, aparentemente, pueden parecer menores. Sin embargo, una de las más frecuentes y peligrosas es aparcar en sentido contrario a la circulación, una práctica prohibida por la Dirección General de Tráfico (DGT) y que puede acarrear sustanciosas multas.

A pesar de que las normas sobre estacionamientos indebidos están claramente establecidas, muchos conductores aún desconocen las consecuencias de aparcar de forma incorrecta. Y si bien puede resultar tentador optar por esta maniobra cuando no se encuentra un hueco disponible, la realidad es que hacerlo en sentido contrario al tráfico no solo supone una infracción, sino también un riesgo evidente para la seguridad vial. En este artículo te contaremos de cuánto es la multa por este tipo de infracción.

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La multa que golpea al bolsillo

La multa que golpea al bolsillo

Ignorar esta norma de la DGT puede resultar caro para los conductores. De acuerdo con la DGT, aparcar en sentido contrario al tráfico se considera una infracción leve que conlleva una multa de 100 euros. Una cantidad nada desdeñable que, sin duda, puede hacer reflexionar a más de uno antes de optar por esta práctica incorrecta. Sin embargo, la situación se agrava si los agentes de la DGT sorprenden al conductor realizando la maniobra de aparcar en sentido contrario. En ese caso, la acción se considera una infracción grave que puede acarrear una multa mucho más elevada, de hasta 500 euros, además de la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir. Una sanción realmente severa que refleja la importancia que la DGT otorga a erradicar este tipo de comportamientos.