La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya tiene en su poder el recurso de apelación del fiscal de ‘Tsunami’

El fiscal apremió al juez instructor al apreciar dilaciones indebidas en este trámite de elevación a la Sala.

El juez de la Audiencia Nacional que investiga a Tsunami Democràtic por su papel en los disturbios que siguieron a la sentencia del Supremo que condenó a los líderes del ‘procés’ independentista catalán en el otoño de 2019 ha elevado a la Sala de lo Penal el recurso presentado por la Fiscalía en el que sostenía que los indicios contra el expresidente catalán Carles Puigdemont son «insuficientes», según confirman a Europa Press fuentes jurídicas.

Lo hace después de que el pasado 30 de noviembre el fiscal Miguel Ángel Carballo dirigiera un escrito al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, para recordarle que «ya debería de haber elevado a la Sala» el recurso que fue interpuesto el pasado 10 de noviembre.

El Ministerio Público instaba expresamente» al magistrado a dar trámite al mismo sin que se establecieran «más dilaciones». «Las cuáles, de persistir, serían puestas en conocimiento de la Sala, único cauce que restaría a este Ministerio para obtener respuesta a su tutela judicial efectiva en vía de recurso», advertía en un escrito al que también tuvo acceso esta agencia de noticias.

Ese escrito obtuvo respuesta en forma de providencia el pasado 5 de diciembre por parte de la magistrada María Tardón, sustituta en el asunto de Manuel García Castellón hasta que se resuelva la recusación solicitada por varios de los investigados. Avisaba de que tan pronto como se agotara el plazo dado a las nuevas partes personadas para que se pronunciaran sobre los diferentes recursos, se procedería a impulsar ese recurso elevándolo a la Sala de lo Penal.

Añadía la magistrada que fue el pasado 28 de noviembre cuando se dio traslado a las nuevas personaciones –tres policías que resultaron heridos durante protestas impulsadas por la plataforma ‘Tsunami’– de los recursos interpuestos por el resto de partes y les dio cinco días para que se pronunciaran. Explicaba Tardón que se acordó «suspender la elevación de los recursos de apelación interpuestos, hasta tanto las nuevas acusaciones particulares personadas de los agentes de CNP se instruyeran de las actuaciones».

EL RECURSO DE FISCALÍA

Cabe recordar que la Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió el auto del juez que acordaba dirigir la investigación sobre Tsunami Democràtic contra Puigdemont al considerar que este tribunal especial «no es competente» para esa causa porque no se aprecian indicios de terrorismo sino de desórdenes públicos. Además, indicaba que los indicios contra Puigdemont son «insuficientes».

En el recurso se explicitaba que las actuaciones llevadas a cabo en el marco de la investigación a Tsunami, que arrancaron hace cuatro años, «no han arrojado elementos que permitan sostener la existencia de una organización o grupo criminal, ni tampoco su carácter terrorista que es lo que justificaría la competencia de la AN».

El fiscal del caso incidía en que los hechos recogidos en la causa no acreditan la existencia de jerarquías, ni distribución de funciones entre los investigados, ni la existencia de un órgano directivo, ni tampoco la perpetración concertada de diferentes hechos delictivos, requisitos necesarios, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para valorar que hubo una organización criminal.

«Ni uno sólo de estos datos concurre en las actuaciones. Pero es que la mera concurrencia de varias personas en unas actuaciones no permite por sí hablar tampoco de grupo criminal», explicó entonces.

Así, consideraba que los únicos hechos delictivos que se deducen de lo actuado en la causa serían los llevados a cabo en el aeropuerto de El Prat y en el puesto fronterizo de la Junquera, constitutivos de desórdenes públicos graves, tras la derogación de la sedición.