La Audiencia Nacional analiza hoy la extradición de un presunto torturador de la dictadura militar de Uruguay

La Audiencia Nacional celebra este lunes la vista de extradición de Fleming Julio Gallo Sconamiglio, reclamado por Uruguay por presuntos delitos de lesa humanidad por ser una de las personas que habrían torturado a los detenidos en las dependencias de los Fusileros Navales (FUSNA) durante la dictadura militar en la nación suramericana (1973-1985).

Según el relato enviado a España por las autoridades uruguayas, que reproduce la Fiscalía española, varias víctimas de las torturas practicadas en la FUSNA han identificado a Gallo Sconamiglio como partícipe de las mismas.

Los hechos se remontan a agosto de 1979. Dos víctimas cuentan que «personas vestidas de civil pero fuertemente armadas» irrumpieron en su casa ese 7 de agosto para detenerlas y trasladarlas encapuchadas a la FUSNA, donde fueron torturadas.

Una de las personas detenidas ilegalmente ese día relata que primero la violaron y después le aplicaron descargas eléctricas y le sometieron a la técnica del «submarino» obligándola a permanecer en agua durante uno o dos días.

Esta víctima recuerda que sus torturadores fueron cuatro y entre ellos ha situado a Gallo Sconamiglio, del que dice que no participó en la violación pero sí en las descargas eléctricas.

La noche del 7 de agosto fue detenida otra pareja, de acuerdo con las autoridades uruguayas. Personal identificado como «integrantes de las ‘Fuerzas Conjuntas’» les arrestaron en su casa y les llevaron a la FUSNA, «donde fueron objeto de malos tratos». En concreto, habrían sufrido ‘electroshock‘ y «submarino«, además de «plantones con los brazos separados y golpes en diversas partes del cuerpo». En su caso, reconocen a Gallo Sconamiglio como interrogador pero no torturador.

LA FISCALÍA SE OPONE A ENTREGARLO

Un juzgado de Montevideo le reclama para que sea juzgado por delitos de lesa humanidad y otros, lo que le podría acarrear una condena de 17 años de cárcel. Sin embargo, la Fiscalía considera que los hechos han prescrito conforme al Código Penal español, por lo que se posiciona en contra de la extradición.

No obstante, el Ministerio Público acredita que «el delito por el que se solicita la extradición no es de carácter político o militar, ni existen razones fundadas para creer que la solicitud de extradición ha venido motivada por el propósito de perseguir o castigar al reclamado».