El toque de queda en Ibiza se extiende entre las 22.00 y las 06.00 horas

El Govern balear ha decretado nuevas restricciones de movilidad en toda la isla de Ibiza para frenar la propagación de la pandemia, tal como ha explicado la consellera de Presidencia, Pilar Costa. Así, se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en toda la isla de Ibiza entre las 22.00 horas y las 06.00 horas.

Las medidas se implementarán a partir del viernes a las 22.00 horas durante 15 días y han sido consensuadas con el Consell y con todos los ayuntamientos de la Isla. Además, durante una rueda de prensa en Ibiza, el Govern también ha anunciado que Salud intervendrá la residencia Reina Sofía, donde un brote ha dejado más de 35 contagios.

La consellera de Presidencia, Pilar Costa, ha señalado que Ibiza presenta la mayor incidencia de casos de la Comunidad Autónoma en los últimos 14 días, con 273 casos por 100.000 habitantes, una cifra que supera la del conjunto de Baleares, que es de 213 casos por cada 100.000 habitantes.

Esta incidencia está más de cuatro veces por encima del umbral de 60 casos por 100.000 habitantes definido por el European Center for Disease Prevention and Control (ECDC) para establecer un territorio en situación de riesgo epidemiológico, ha señalado el Govern balear.

Se considera todavía más preocupante el hecho de que esta incidencia acumulada a 14 días se ha duplicado, lo que demuestra un elevado ritmo de crecimiento de los contagios.

Por otro lado, la tasa de positividad ha crecido en los últimos 14 días y ha pasado de un 6 por ciento el 13 de octubre, a un 14 por ciento el 28 de octubre.

El aumento en los contagios se ha visto reflejado en un importante aumento de la presión asistencial, dado que se ha incrementado un 35 por ciento el número de pacientes ingresados por la COVID-19 en el Hospital Can Misses. Por todo ello, se ha acordado nuevas restricciones que se publicarán este jueves por la tarde y entrarán en vigor el viernes a las 22.00 horas.

NUEVAS LIMITACIONES

Entre las nuevas limitaciones, entre las 22.00 horas y las 06.00 horas quedan prohibidos todos los desplazamientos y la circulación por las vías públicas. Se excluyen de esta prohibición los desplazamientos de carácter esencial, debidamente justificados, como desplazamiento por asistencia sanitaria de urgencia y para ir a la farmacia por razones de urgencia.

Durante 15 días, también queda excluida de la prohibición el desplazamiento de personas trabajadoras y sus representantes para ir o volver del centro de trabajo, así como aquellos desplazamientos inherentes al desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo o de su actividad profesional o empresarial. Se incluyen los desplazamientos de personas profesionales o voluntarias debidamente acreditadas para realizar servicios esenciales, sanitarios y sociales.

Se incluyen los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de la conducta, discapacidad o enfermedad, cuando esté debidamente justificado.

También se considera situación de necesidad justificada el desplazamiento desde o hacia el puerto o el aeropuerto, en caso de que la circulación derive directamente de la llegada o la salida del barco o del avión, como también el retorno al lugar de residencia proveniente de un centro educativo con horario nocturno o de la salida de una actividad cultural.

CAPACIDAD EN LOCALES

Desde el Govern han señalado, además, que la capacidad en los locales no podrá superar el 50 por ciento, y todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público tienen como hora de cierre las 22.00 horas.

Se tiene que establecer un horario de atención con servicio prioritario para personas mayores de 65 años.

REUNIONES

Se prohíben los encuentros y reuniones de más de seis personas, tanto en el ámbito privado, como en el público, excepto en el caso de las personas convivientes. Esta prohibición incluye las bodas y otras celebraciones sociales y la práctica deportiva no federada.

No se consideran incluidas en esta prohibición las actividades laborales ni los medios de transporte público. En los velatorios y entierros pueden participar un máximo de 15 personas.

En las reuniones que concentren hasta seis personas en espacios públicos no se permite el consumo de alimentos ni de bebidas.

ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN

Se prohíbe también el servicio de restauración en espacios interiores, excepto para la actividad de comida para llevar.

En espacios exteriores, los establecimientos que ejerzan la actividad de restaurante o de bar-cafetería tienen que limitar la capacidad al 50 por ciento. La ocupación máxima es de seis personas por mesa o agrupación de mesas.

Los establecimientos de restauración -restaurantes y bares-cafetería- tienen como hora de cierre la legalmente autorizada sin poder superar en ningún caso las 22.00 horas y no se permite el consumo en la barra.

Sobre actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación, se podrán impartir de manera presencial siempre que no se supere una capacidad del 50 por ciento respecto del máximo permitido.

Las actividades que se lleven a cabo se tienen que limitar a grupos máximos de seis personas y se tienen que establecer las medidas necesarias.