El motivo por el que el Gobierno desaconseja el uso de las mascarillas FFP2

El Ministerio de Consumo insistió este jueves en que las mascarillas higiénicas son las “recomendadas” para la población general sana y sin contacto con la Covid-19 atendiendo a los consejos de la comunidad científica y “sin renunciar” al distanciamiento físico y las medidas de higiene mientras que para los contagiados, con síntomas o positivos asintomáticos, se aconseja el uso de las quirúrgicas.

Así lo precisó el departamento de Alberto Garzón a través de un comunicado en el que añadió que las tipo EPI, entre las que se encuentra las FFP2, están recomendadas solo para personas en contacto con el virus y para grupos vulnerables, “siempre bajo prescripción médica” y, por tanto, no para la ciudadanía en general.

Consumo recalcó que, con respecto a las tipo EPI, el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (ECDC), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades de EEUU (CDC) “coinciden con esta recomendación del Gobierno de España”.

A este respecto, las mascarillas tipo FFP2 pueden dificultar la respiración más que las higiénicas o quirúrgicas, por lo que personal no especializado “puede tender a tocarlas y recolocarlas continuamente, con el consiguiente riesgo de contaminación”, según Consumo, que también subrayó que, al ser material principalmente destinado a profesionales, “puede generar una falsa sensación de seguridad”.

Junto a ello, defendió que las personas que realizan actividades físicas o aquellas con dificultades respiratorias “pueden no tolerar su uso”. “Por esa razón, su utilización social, por quienes no son profesionales, debe realizarse con prescripción médica”, agregó.

Consumo hizo hincapié en la necesidad de seguir las indicaciones y recomendaciones del Gobierno de España en el uso de mascarillas para “contribuir” a la “seguridad de toda la ciudadanía”.

Hace dos semanas, publicó una guía con “claves” para la adquisición y uso de mascarillas con el objetivo de que la ciudadanía haga una compra y un uso “responsable y consciente” del producto. “Que se informe de qué tipos hay en el mercado y de cuál es el más útil para su situación personal, en función de su grado de contacto con el virus”, puntualizó el departamento de Garzón.

INFORMACIÓN OBLITATORIA

Por otro lado, Consumo también recordó que es “imprescindible” que todas las mascarillas contengan una etiqueta con la información obligatoria según la legislación aplicable, incluyendo los datos relativos a su reutilización y, si procede, los usos permitidos y número de lavados que pueden hacerse sin que el producto se resienta, así como método de lavado de la mascarilla.

En el caso de las mascarillas etiquetadas con la norma europea para equipos de protección individual, el etiquetado del embalaje debe contener datos del fabricante, clase de protección (FFP1, FFP2 o FFP3), la frase “véase la información suministrada por el fabricante”, la indicación R o NR en caso de que sea reutilizable o no reutilizable, condiciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento y desinfección y es obligatorio que toda la información que acompaña al producto esté escrita, al menos, en castellano.

“De no ser así, puede provocar problemas de seguridad al usuario”, espetó Consumo, que incidió en que la información que acompaña a la mascarilla debe esclarecer al usuario la vida útil del producto y las condiciones en las que usar el producto en ese periodo de tiempo.

Cuando la clase de protección se atenga a una norma no europea para mascarillas no médicas, estas solo pueden comercializarse en determinados supuestos, según lo previsto en la Resolución del 23 de abril de 2020 de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa referente a los equipos de protección individual en el contexto de crisis sanitaria.

El departamento de Garzón instó a todas las administraciones a que sigan las recomendaciones del Gobierno de España y que cumplan la legislación aplicable sobre EPI, los supuestos establecidos en la Resolución del 23 de abril de 2020 de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y la legislación básica de información y garantías para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

(SERVIMEDIA)