El PSOE tiene que someter a la militancia cualquier pacto de gobierno

El PSOE recoge en sus normas que cualquier pacto de gobierno -que no de investidura- o que acuerde facilitar que otro partido gobierne, ya sea a nivel municipal, autonómico o nacional, tiene que ser sometido a una consulta, que será vinculante y de obligado cumplimiento, a la militancia.

Así consta en los estatutos federales del PSOE aprobados en el 39 congreso (2017), en los que se establece, entre las competencias de la Ejecutiva (36-u), “convocar las consultas a la militancia sobre aquellos asuntos de especial transcendencia que se determinen reglamentariamente. En todo caso, será obligatoria la consulta a la militancia sobre los acuerdos de Gobierno en los que sea parte el PSOE o sobre el sentido del voto en sesiones de investidura que supongan facilitar el gobierno a otro partido político”.

En el artículo 53 se indica que “será obligatoria la consulta a la militancia, al nivel territorial que corresponda, sobre los acuerdos de Gobierno en los que sea parte el PSOE o sobre el sentido del voto en sesiones de investidura que supongan facilitar el gobierno a otro partido político”.

En el posterior reglamento que desarrolla los estatutos federales (478.2) se establece que “las consultas a la militancia serán, con carácter general, vinculantes”, y (478.3) “el resultado de las consultas vinculantes será de obligado cumplimiento para aquellos que deban adoptar las medidas necesarias para ejecutar el objeto de la misma”.

Acto seguido, deja claro en el artículo 479 que “en todo caso, se considera de especial transcendencia y será obligatoria y vinculante la consulta a la militancia y a la afiliación directa, al nivel territorial que corresponda, sobre los acuerdos de Gobierno en los que sea parte el PSOE, sobre el sentido del voto en sesiones de investidura que supongan facilitar el gobierno a otro partido político”.

La Ejecutiva del PSOE ya aprobó un documento regulando las consultas a la militancia a nivel municipal. Arrogándose la potestad que le dan los estatutos, ha establecido un calendario “general”, como se indica en un documento interno al que ha tenido acceso Servimedia. En dicha reunión del 17 de mayo de la Comisión Ejecutiva Federal, además de las bases de las consultas para “acuerdos de gobierno y sesiones de investidura en ayuntamientos”, se cerró el censo.

El documento recuerda que, en cumplimiento de la Loreg, tras las elecciones del 26-M los ayuntamientos quedarán constituidos el 15 de junio, salvo en los que haya recurso, en los que el plazo se amplía hasta el 5 de julio. Así, la consulta a las bases sobre la posición de los socialistas se tendrá que celebrar entre el 10 y el 14 de junio; o entre el 1 y el 4 de julio para el segundo caso.

En dicho documento se traslada que las consultas para “autonómicas, cabildos y consells insulares, juntas generales, etc. podrán acogerse a las fechas previstas en el calendario marco, o proponer a la Secretaría de Organización de la Comisión Ejecutiva Federal la aprobación de un calendario específico».

Además, se subraya que la pregunta o preguntas concretas que se someterán a consulta «deberán poder ser respondidas con un sí o un no”. Y se ofrece el siguiente ejemplo: “¿Apoyas el acuerdo de gobierno alcanzado por el PSOE de … con el Partido … para gobernar el Ayuntamiento de …?”.

(SERVIMEDIA)