El WhatsApp del jefe fuera de horario tiene un límite legal: esto dice la ley de desconexión digital en España

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El tiempo de 'guardia' o disponible no es gratis: cómo se compensa

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Foto de Lukas Blazek en Unsplash

Que el jefe escriba por WhatsApp a las diez de la noche no convierte ese rato en horas pagables: la disponibilidad solo genera derecho a cobro si existe un pacto previo, en el contrato o en el convenio colectivo, que la regule. A partir de ahí, la compensación se articula en dos capas. La primera es el plus de disponibilidad, una cantidad fija que retribuye el simple hecho de permanecer localizable, se produzca o no la llamada: el convenio de Avatel Telecom fija guardias de 150 euros brutos semanales para técnicos y 250 para técnicos superiores, con un suplemento de 40 euros si la guardia coincide con un festivo. La segunda es el tiempo de intervención efectiva, que se computa como trabajo y se abona como hora extraordinaria o se compensa con descanso. No hay una cuantía legal única, cada convenio decide: el III Convenio Estatal de Acción e Intervención Social, por ejemplo, considera tiempo efectivo de trabajo las activaciones y llamadas que superen los veinte minutos.

La frontera entre lo que se paga y lo que no la trazan los tribunales. Estar localizable con libertad para moverse y hacer vida normal no es, en principio, trabajo efectivo: por eso el Supremo absolvió a DIA de compensar las guardias telefónicas de sus supervisores en domingos y festivos. El matiz cambia cuando la guardia condiciona de forma intensa la jornada: la sentencia 1092/2025, de 18 de noviembre, confirmó la condena a Ambuibérica a pagar 51.616 euros a un conductor de ambulancia cuyas guardias localizadas de 24 horas, pendiente de los avisos del 112, computaron como tiempo efectivo y generaron horas extra más allá de las 1.800 anuales. En paralelo, el TSJ de Madrid sostuvo (sentencia 453/2023) que quien cobra un plus de disponibilidad no puede invocar después la desconexión digital: el plus retribuye esa renuncia pactada al descanso. La reforma que quiere blindar la desconexión como derecho irrenunciable sigue pendiente en el Congreso, pero la dirección jurisprudencial es inequívoca: la disponibilidad se paga o no se exige.

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