El despido justificado por WhatsApp: la Justicia anula el cese de una trabajadora y la indemniza con 7.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia confirma la improcedencia del cese y obliga a la empresa a pagar 7.687,02 euros o a readmitir a la empleada. La compañía asume además 800 euros en costas.

La Justicia ha anulado el despido de una trabajadora que justificó 13 faltas por WhatsApp: la empresa tendrá que indemnizarla.

Vamos al grano. Una empleada de una empresa de frutas estuvo seis años en el puesto desde septiembre de 2017. En agosto de 2023, la empresa la despidió por acumular 13 faltas de asistencia y de de puntualidad en medio año. Algunas de esas ausencias las justificó con mensajes por WhatsApp, pero no aportó ningún informe médico ni avisó con la antelación suficiente en más de una ocasión. La compañía no admitió esos justificantes.

El despido se comunicó el 22 de agosto de 2023. La trabajadora impugnó la decisión ante el Tribunal de Instancia de Murcia, el primer juzgado que revisa este tipo de casos. Ese tribunal le dio la razón: declaró el despido improcedente y obligó a la empresa a elegir entre readmitirla o pagarle 7.687,02 euros de indemnización.

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Por qué la Justicia ve desproporcionado el despido

La clave no es si la trabajadora faltó, sino cuánto y con qué gravedad. El tribunal consideró que la sanción fue desproporcionada. Aunque hubo faltas y retrasos, algunos apenas duraron uno, cinco y siete minutos. Además, las ausencias no llegaron a los límites que fija el convenio colectivo (el acuerdo que regula las condiciones mínimas en el sector) para considerarse graves. El despido disciplinario no era la respuesta que pedía el convenio.

Traduciendo: la empresa podía sancionar, pero no despedir. Y cuando un tribunal dice 'desproporcionado', lo que está diciendo es que la empresa usó la sanción más fuerte para un incumplimiento que no llegaba al umbral de gravedad. Es un aviso a navegantes.

La empresa recurrió. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia rechazó el recurso y confirmó la improcedencia del despido. Además, deberá pagar 800 euros en costas judiciales, es decir, los gastos del proceso que asume quien pierde.

El despido no se cae por usar WhatsApp, sino por no demostrar el motivo real de las ausencias.

Este caso refuerza una idea práctica: los justificantes por WhatsApp tienen valor legal si son creíbles, con contexto y siempre que el convenio no exija lo contrario. El problema aquí no fue el soporte digital, sino la falta de informes médicos y de aviso previo en varias ocasiones. Ojo con eso.

El precedente que conviene tener en cuenta

No es la primera vez que un despido por faltas justificadas con mensajes se cae en los tribunales. En los últimos años, varios juzgados ha recordado que la mensajería instantánea puede servir de aviso o justificación si el trabajador no tiene otra vía y el contenido es claro. La diferencia está en los detalles: no aportar partes médicos ni avisar con margen razonable convierte un derecho en una excusa inconsistente.

Para quien cobra el sueldo, el mensaje es claro: si te ausentas, deja constancia por escrito, pide el parte médico y avisa cuánto antes. Para la empresa, también: antes de abrir la puerta de salida, conviene revisar el convenio y medir si la falta llega a grave. Si no, la indemnización y las costas las pagas tú.

En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? La Justicia anula el despido de una trabajadora que justificó 13 faltas por WhatsApp.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? A la empleada despedida y a la empresa, que debe readmitirla o pagar 7.687,02 euros.
  • ¿Qué puedes hacer al respecto? Si justificas ausencias, deja constancia escrita y aporta informes médicos o el aviso previo que exija tu convenio.