La reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos llega al Congreso con importantes modificaciones respecto a la propuesta rechazada en septiembre. El objetivo principal es equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual, estableciendo nuevos límites y regulaciones que afectan tanto a propietarios como a inquilinos.
Una de las medidas más significativas es la limitación de los contratos de temporada a un máximo de nueve meses, ampliando el período inicial de seis meses contemplado en la ley original. Esta modificación busca proporcionar mayor estabilidad al mercado del alquiler y evitar el uso fraudulento de esta modalidad contractual.
Derechos y obligaciones en el nuevo marco normativo
Los propietarios deberán justificar la necesidad de temporalidad del contrato, siguiendo criterios similares a los establecidos en la legislación laboral. Esta medida pretende evitar el uso inadecuado del alquiler temporal como vía de escape para eludir las protecciones del alquiler de vivienda habitual.
En cuanto a los derechos de los inquilinos, estos podrán:
- Desistir del contrato tras seis meses de permanencia
- Comunicar el abandono con 30 días de antelación
- En contratos temporales, desistir tras un mes con solo 10 días de preaviso
Las indemnizaciones por desistimiento se establecen en una mensualidad por cada año restante de contrato, calculándose proporcionalmente para períodos inferiores.
Competencias autonómicas y especificidades territoriales
La nueva propuesta incluye una disposición adicional que reconoce explícitamente las competencias de las comunidades autónomas en materia de vivienda. Este aspecto ha sido fundamental para conseguir el apoyo de formaciones como Junts, que consideran esencial preservar y blindar las competencias autonómicas.
La normativa establece que en aquellas comunidades con legislación propia en materia de vivienda, se aplicará la normativa autonómica correspondiente, respetando así el marco competencial existente.
Además, se introducen medidas específicas para zonas tensionadas, donde se busca especialmente desincentivar el uso del alquiler temporal como mecanismo para eludir los controles de precios.
La reforma también contempla que cuando se encadenen más de dos contratos consecutivos o la duración supere los nueve meses, el contrato se considerará automáticamente como de vivienda habitual, aplicándose todas las protecciones y garantías correspondientes.