DGT: la multa que te caerá si no llevas la bicicleta eléctrica con estas características

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Todo en la vida y la sociedad cambia, y lo mismo sucede con los medios de transporte más populares. Con la llegada de todo tipo de vehículos eléctricos, se han impuesto nuevas formas de circular por la ciudad, como por ejemplo pasa con las bicicletas eléctricas.

¿Qué debe tener el dueño de uno de estos vehículos para no arriesgarse a que la DGT le multe? A continuación te lo detallamos.

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Nunca por la acera

La DGT es muy tajante al respecto: las bicicletas eléctricas no pueden desplazarse por las aceras, que están limitadas únicamente al tránsito de peatones. Así pues, estos medios de transporte de naturaleza mayormente urbana pueden circular por las carreteras, así como los carriles habilitados específicamente para el uso de bicis. Esta es una normativa que las bicicletas eléctricas comparten con sus primos hermanos: los patinetes eléctricos.

Por otro lado, un ciclista, sea del tipo que sea, tampoco puede saltarse ciertas normativas, como son la de no conducir bajo los efectos del alcohol ni la drogas, o estar distraído mientras pedalea, por ejemplo utilizando el teléfono móvil a la vez que conduce. Tampoco está permitido el uso de auriculares ni elementos que puedan distraer más de lo debido. En estos sentidos, la DGT es más estricta a cada año que pasa.