IRPF, ERTE… 6 dudas y soluciones para la Declaración de la Renta 2020

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La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2020, correspondiente al ejercicio anterior, estará también marcada por la pandemia del coronavirus, como casi todo en este último tiempo. Esto afectará decisivamente, por ejemplo, a todos aquellos contribuyentes que se libraban de declarar por cobrar menos de 22.000 euros anuales, como te especificamos en el artículo.

En este artículo te solventaremos las principales dudas que puedan surgirte al hacer tu declaración, pero si necesitas ayuda y no quieres pagar para que alguien te haga la Declaración de la Renta, la Agencia Tributaria te ofrece la oportunidad de echarte una mano tanto de forma telefónica, a partir del 6 de mayo, como de manera presencial, a partir del 2 de junio. A pesar de ello, las plazas serán limitadas -más aún por el tema de la pandemia-, así que te recomendamos pedir la cita cuanto antes.

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¿Y SI HE PERCIBIDO EL IMV?

Declaración renta.

En cuanto a los 460.000 perceptores del IMV, de los que más de 226.000 son menores de edad, la Agencia Tributaria les recuerda que deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. 

Lo que deberá declararse, como rendimientos del trabajo, son las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, Iprem) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CC.AA. y ayuntamientos. Solo se debe declarar, y tributar, por ese exceso, precisa Hacienda.

Para los supuestos de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, Hacienda recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros en caso de estar casados los progenitores. En ausencia de matrimonio, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y el otro, declaración individual.