Qué es un procurador

Un procurador es aquella persona licenciada en derecho que representa a un cliente ante un juzgado. Como tal, es la persona que recibe las notificaciones del juzgado referidas al procedimiento y quien presenta también los escritos.

La función del procurador es igual de relevante y su intervención es obligatoria. Además, el procurador es quien encabeza los escritos, aunque el abogado se encargue de la redacción.

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Salvo excepciones, el procurador es obligatorio en todos los procedimientos de la jurisdicción civil.

Cuando hay un juicio verbal cuya cuantía a reclamar sea inferior a dos mil euros, no será obligatorio el procurador. Otra excepción es la solicitud de adopción de medidas cautelares urgentes.

En lo que respecta a vía penal, también es obligatorio que el procurador esté presente y apoderado especial para ello, en el caso de que se presente querella. Si somos denunciantes, sólo será necesario si queremos intervenir en la causa como perjudicados.

Si por el contrario somos los querellados o denunciados, sólo será necesario el procurador cuando se produzca la apertura de juicio oral. Tampoco es necesaria su intervención en los procedimientos laborales.

Funciones de un procurador

Funciones De Un Procurador

Como ya lo mencionamos, la misión principal de un procurador dentro del proceso judicial es la representación procesal de los litigantes ante los juzgados y tribunales.

El procurador también se encarga de tramitar oficios, mandamientos y exhortos por delegación del órgano judicial. Es decir que a través de ellos es posible acelerar la “maquinaria judicial”, reduciendo los tiempos de los procesos judiciales.

Asimismo, se encargan de publicar edictos y anuncios oficiales en los boletines oficiales, periódicos, y otras vías de comunicación.

También, son los encargados de gestionar y pagar las tasas judiciales en representación de los clientes. De igual forma se encargan de actuar con los depósitos exigidos para la admisión de los distintos recursos.

El procurador a su vez, se encarga de la presentación de todos los escritos que elaboran los letrados.

En la tramitación del proceso judicial, se encarga de elaborar y presentar todos los escritos que sean necesarios en busca del impulso procesal preciso para evitar dilaciones en la tramitación del asunto.

A su vez, son quienes reciben de los juzgados las notificaciones dirigidas a los clientes y quienes las hacen llegar a manos del abogado director del caso.

El procurador es el responsable del vertiente procesal, el cómputo de plazos y vencimientos, recordando al letrado los mismos. Así como las fechas de las vistas, y otros hitos del procedimiento.

Por otra parte, tienen el deber de colaborar con los órganos jurisdiccionales y realizar personalmente las diligencias de notificación, emplazamiento y citación a la parte contraria por encargo del cliente y delegación del juzgado.

También se encargan de presentar los escritos y realizar todas las gestiones necesarias para el buen desarrollo del proceso judicial.

¿Quiénes pueden ser procuradores?

¿Quiénes Pueden Ser Procuradores?

Actualmente, para ejercer como procurador es necesario:

  • Ser licenciado o graduado en derecho.
  • Realizar un máster que habilita para el acceso a la profesión de procurador.
  • Superar una prueba de aptitud a nivel estatal, tras la cual se expedirá el título oficial de procurador por el Ministerio de Justicia.
  • Colegiarse como procurador ejerciente.

¿En qué se diferencia de un abogado?

¿En Qué Se Diferencia De Un Abogado?

El procurador representa y el abogado asesora y defiende al cliente. Ambas profesiones son totalmente diferentes entre sí.

De tal manera que no pueden sustituirse ni intercambiar funciones, por tanto el procurador nunca puede llevar a cabo el interrogatorio de los testigos ni formular las conclusiones.

Mientras que el abogado no puede suplir la ausencia del procurador en una vista en representación de su cliente.

Con las consecuencias de que el juzgado o tribunal tendrá por incomparecido a ese cliente, incluso aunque se encuentre presente en sala.

¿Cómo representar a un ciudadano?

Para que un procurador pueda representar adecuadamente a un cliente, es necesario que se le otorgue un poder, bien notarial, a través de la conocida “comparecencia apud acta”.

  • Poder notarial

En este caso, hay que acudir a una notaría y solicitar el otorgamiento de “un poder general para pleitos”. Puede ser especial para querellas si es ese trámite el que se va a iniciar.

Éste será a favor del procurador o procuradores que identifiquen con su nombre y apellidos. Hay que tener en cuenta que el profesional designado tiene que poder actuar en el juzgado o tribunal al que pretenda acudir.

  • Apoderamiento apud acta

Se lleva a cabo directamente ante el juzgado o tribunal donde se lleva a cabo el procedimiento.

La ley de Enjuiciamiento Civil refiere que se tiene que presentar el documento acreditativo de haberse realizado junto con el primer escrito judicial. Lo que en teoría obliga a acudir al Juzgado Decano para otorgar la representación sin conocer el Juzgado o Tribunal que va a tramitar y resolver el asunto.

Lo que se suele solicitar en dichos escritos iniciales es que una vez que se conozca el Juzgado un día para llevarla a cabo. De esta forma se intenta evitar que ese apoderamiento “se pierda” entre la multitud.

Dicha forma de otorgar la representación al procurador tiene la ventaja de que no tiene ningún coste. Pero es necesario realizarla en fecha o plazo que diga el Juzgado. De lo contrario nos inadmitirán la demanda o la contestación.