El PSOE busca salvar las inspecciones ‘sorpresa’ de Hacienda

El PSOE quiere aprovechar la nueva Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal para adaptar la regulación de las inspecciones de la Agencia Tributaria a la última sentencia del Tribunal Supremo, todo ello con el fin de garantizar la continuidad de estas actuaciones ‘sorpresa’ que se llevan a cabo sin el conocimiento del contribuyente.

Para ello, ha registrado varias enmiendas a esta iniciativa legislativa que se tramita en estos momentos en el Congreso con modificaciones de la Ley General Tributaria y de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Estas enmiendas responden a la última sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de octubre que anuló por defectos de motivación la autorización judicial que habilito a Hacienda para entrar en el domicilio de una empresa que había tributado por debajo de la media del sector, argumentando que no se podía permitir el acceso por una «corazonada» o un propósito «meramente prospectivo o indeterminado».

La sentencia, además, dictó que la autorización de entrada debe estar conectada con la existencia de un procedimiento inspector ya abierto y cuyo inicio se haya notificado al inspeccionado, y que sin ese acto previo, que debe acompañarse a la solicitud, el juez no podrá dar ‘luz verde’ a la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido por falta de competencia.

LA INSPECCIÓN PUEDE INICIARSE AL PERSONARSE EN EL DOMICILIO

Las enmiendas, a las que ha tenido acceso Europa Press, buscan reflejar de forma expresa la posibilidad que tiene la Administración Tributaria para personarse sin comunicación previa en los domicilios o una empresa, iniciándose la inspección mediante dicha personación en el momento de la entrada.

Con estas propuestas el PSOE asegura que no busca modificar el actual esquema del procedimiento inspector, que tiene inicio bien con la notificación de la comunicación para que el contribuyente se persone ante la Agencia Tributaria, o con la personación de la Inspección en la empresa, oficinas, o centros de trabajo donde se quiere realizar la inspección.

QUÉ IMPUESTO Y QUÉ PERÍODOS SE VAN A COMPROBAR

Asimismo, quiere desarrollar el artículo de la Ley General Tributaria dedicado a las autorizaciones judiciales para la entrada en el domicilio de los contribuyentes, para establecer que esta solicitud «deberá estar debidamente justificada y motivar la finalidad, necesidad y proporcionalidad de dicha entrada».

Tanto la solicitud como la concesión de la autorización judicial, prosigue la enmienda, podrán practicarse antes del inicio formal del correspondiente procedimiento «siempre que el acuerdo de entrada contenga la identificación del obligado tributario, los conceptos y períodos que van a ser objeto de comprobación y se aporten al órgano judicial».

Asimismo, la solicitud de autorización judicial, necesaria salvo que hubiera consentimiento del contribuyente, deberá incluir el acuerdo de entrada de la autoridad administrativa correspondiente.

Para el PSOE, estas modificaciones no alteran las garantías de control judicial ni la exigencia de que toda solicitud de autorización judicial deba aportar indicios de supuestos ilícitos, sino que se habilita a que la entrada pueda realizarse tanto durante una inspección como simultáneamente a la notificación del acto iniciador de dichos procedimientos.