El TSJA ratifica la absolución del padre acusado de abusar sexualmente de sus hijos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la absolución del padre de 47 años que fue juzgado por la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén en junio de este año tras ser acusado de abusar sexualmente de sus dos hijos, de 3 y 6 años.

El TSJA ratifica la absolución dictada por la Audiencia de Jaén basándose en el principio in dubio pro reo y recogiendo también que en el escrito de recurso de apelación «no se ha justificado la insuficiencia o la falta de racionalidad en la motivaciónfáctica».

De esta forma, se confirma íntegramente la absolución dictada por el tribunal de la Audiencia de Jaén al tener «importantes dudas» tanto sobre los abusos sexuales como sobre la provocación sexual que inicialmente le imputaban tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular, que reclamaban penas de 13 años de cárcel.

La sentencia ahora confirmada por el Alto Tribunal Andaluz establecía que tanto los testimonios ofrecidos en el plenario celebrado el pasado 15 de junio como las periciales practicadas «no han alcanzado la seguridad o el convencimiento pleno deseado para el dictado de una sentencia condenatoria».

Añadía la Audiencia de Jaén que «las pruebas son insuficientes por su debilidad objetiva» e «inaptas para desmontar la presunción de inocencia». A todo ello, le sumaba que el acusado «no tiene rasgo alguno de abusador sexual».

En este sentido, el tribunal de la Audiencia destacó que «para condenar a una persona como autora de una infracción criminal no sirve la sospecha, ni la conjetura, ni la verosimilitud, ni siquiera la mera probabilidad, sólo sirve la certeza», y este caso los magistrados aseguran no tenerla, algo que ahora comparte el TSJA.

Además, de la absolución, la sentencia dejó sin efecto las medidas cautelares que modificaban el régimen de visitas y comunicación del padre con sus dos hijos.

Durante el juicio, el padre atribuyó las acusaciones a la imaginación de los niños y a las ganas de éstos de llamar la atención. «Ni a mí me han tocado ni yo los he tocado, jamás», dijo M.M.Y. ante el tribunal, al tiempo que incidió en que para él sus hijos «son lo más grande» y que «nunca en la vida» haría algo que les pudiera perjudicar.

Los hechos sentenciados y ahora confirmados se remontan a abril de 2018 cuando el acusado recibió la visita de fin de semana de sus dos hijos. En aquellos momentos M.M.Y. se encontraba en trámites civiles con su expareja y madre de los niños para fijar las medidas respecto a los dos menores.

Fue la madre la que interpuso la denuncia después de que los menores contarán los supuestos juegos de carácter sexual con su padre, con el que decían haber visto películas de mayores en el móvil. También fue la madre la que presentó el correspondiente recurso de apelación ante el TSJA.

La madre señaló en el juicio que al margen de los problemas matrimoniales, ella siempre ha pensado que su exmarido había sido buen padre y que en ningún momento se negó a que los niños estuvieran con él puesto que éste no trabajaba y ella lo hacía todo el día.