El Gobierno confirma una nueva subida del SMI 2026 tras el repunte del paro en septiembre

La cuantía todavía no está cerrada: se negocia con los sindicatos y la patronal y se publicará en el BOE. Díaz atribuye el repunte del paro a la regularización de trabajadores migrantes.

El Gobierno ha confirmado una nueva subida del SMI, el salario mínimo interprofesional, tras el repunte del paro en septiembre. El desempleo subió en 23.587 personas y la afiliación marcó un nuevo récord.

La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha vinculado ese repunte al proceso de regularización de trabajadores migrantes y ha confirmado que la subida del SMI de 2026 seguirá adelante. La cuantía, eso sí, todavía no está cerrada.

Los datos de septiembre dejan una foto contradictoria. El paro registrado —las personas apuntadas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)— repuntó. A la vez, la afiliación a la Seguridad Social sumó 92.327 cotizantes.

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¿Cómo se explica semejante contraste? En parte, por el calendario: septiembre acostumbra a dejar malos datos de paro por el final de la campaña de verano. Pero este año hay un factor añadido que la propia ministra ha puesto sobre la mesa: la regularización.

Cuando avanza un proceso de regularización, salen a la luz situaciones laborales que antes no aparecían en las estadísticas. Muchas de esas personas se inscriben como demandantes de empleo y engordan la lista del paro sin que se hayan destruido empleos.

La subida del SMI no hay que pedirla: llega sola a la nómina, aunque conviene revisar que la empresa la haya aplicado bien y a tiempo.

Cuánto subirá el SMI y desde cuándo

Falta el dato clave: los euros. La cuantía del nuevo SMI aún no está cerrada: se negocia en la mesa de diálogo social, el foro donde se sientan el Ministerio de Trabajo, los sindicatos y la patronal. Mientras no haya acuerdo, no hay cifra oficial.

El SMI se fija cada año por real decreto, la norma que aprueba el Consejo de Ministros, y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Hasta que ese texto no salga, cualquier cifra que circule es solo una propuesta.

Todo pasa por tres pasos: el acuerdo con los agentes sociales, la aprobación en el Consejo de Ministros y la aplicación en las nóminas, con los efectos retroactivos que recoja el decreto si la tramitación se alarga.

¿A quién afecta la subida del SMI?

A cualquier persona que trabaje por cuenta ajena y cobre el mínimo legal, pero también a quien tenga un convenio con tablas por debajo del nuevo SMI: esos sueldos quedan obligados a subir.

Quien trabaja por cuenta propia no cobra el SMI, porque es un suelo pensado para el empleo asalariado. Ahora bien, si un autónomo tiene trabajadores a su cargo, está obligado a pagarles al menos esa cantidad.

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Hay más efectos en juego. El SMI sirve de referencia para otras normas, como el tramo de nómina que no se puede embargar. Por eso cada subida mueve algo más que las nóminas.

Lo que dicen los datos y qué conviene vigilar

El SMI lleva años subiendo de forma sostenida, y el debate ya no es si hay alza, sino cuánto sube y quién la firma. En las últimas rondas la patronal no ha respaldado el acuerdo final, así que el nuevo incremento podría cerrarse solo con los sindicatos.

Conviene mirar el contexto completo. El paro subió en septiembre y, a la vez, la afiliación marcó récord. Un mercado que gana 92.327 cotizantes en un mes no está en recesión, aunque la lista del desempleo crezca.

Lo que viene ahora es la negociación. Si el acuerdo se cierra rápido, las nóminas notarán antes la subida; si se atasca, el Gobierno puede aprobarla en solitario, como ya ha ocurrido otras veces. El BOE fijará la cuantía y la fecha de efectos.

Mientras tanto, hay una comprobación sencilla: guarda la nómina de este mes y compárala con la primera que llegue después del decreto.

La ficha práctica

  • ¿Quién tiene derecho? Cualquier trabajador por cuenta ajena, y quien tenga un convenio con salarios por debajo del nuevo mínimo.
  • ¿Cuánto sube? La cuantía no está cerrada: se decide en la mesa de diálogo social y se publica en el BOE.
  • ¿Hay plazo para pedirlo? No. Se aplica de oficio en la nómina, sin solicitud.
  • ¿Dónde se consulta? En el real decreto que publica el BOE y en la web del Ministerio de Trabajo.
  • La letra pequeña: el decreto fija la fecha de efectos y los atrasos; conviene revisar la nómina.

El resumen rápido (TL;DR)

  • 🎯 ¿Qué ha pasado? El Gobierno confirma otra subida del SMI mientras el paro sube en septiembre.
  • 💶 ¿A quién le interesa? A quien cobra el mínimo o tiene un convenio por debajo de él.
  • ✅ ¿Qué tienes que hacer? Esperar al real decreto y revisar que la subida llegue bien a tu nómina.