La Audiencia Provincial de Cantabria ha emitido una resolución que ha confirmado el archivo de la querella interpuesta por la Asociación para la Conservación del Lobo Ibérico (ASCEL) contra el exconsejero de Ganadería y Medio Ambiente Guillermo Blanco (PRC) y el entonces director general de Biodiversidad Antonio Lucio.
Esta querella se basaba en un supuesto delito de prevaricación por las resoluciones firmadas en la pasada legislatura autorizando la caza de ejemplares del cánido, incluido en el LESPRE, el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, en determinadas zonas de la región y para evitar daños al ganado.
LA POSICIÓN DE LA ASOCIACIÓN ASCEL
ASCEL se querelló contra ambos por un supuesto delito de prevaricación por las resoluciones que rubricaron autorizando la caza de lobos en la región. Previamente, ya había denunciado a Blanco y a Lucio por el mismo motivo ante la Fiscalía de Medio Ambiente, que igualmente archivó esta causa, que involucraba además al que fuera subdirector general de Medio Natural Ángel Serdio.
La asociación interpuso un recurso de apelación contra el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Santander que inadmitió a trámite la querella, pero este recurso también ha sido desestimado por la Sala de la Sección Primera de la Audiencia Provincial.
LA POSICIÓN DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
La Audiencia Provincial ha concluido en su auto que las resoluciones firmadas «están muy lejos de ser arbitrarias e injustificadas». Según los magistrados, «no hay indicio ninguno para sostener que hayan sido el producto del capricho de la autoridad que las dictó. No hay indicios de delito». Para que una resolución administrativa constituya un delito de prevaricación, se precisa que sea «arbitraria» y que haya sido además «dictada a sabiendas de su injusticia», algo que, según la Audiencia, no se cumple en este caso.
Los magistrados explican que las órdenes que autorizaban la caza de lobos perseguían evitar «perjuicios importantes y recurrentes al ganado», y que estaban basadas en la aplicación de una ley y orden, después de haber solicitado informe sobre la adecuación de las resoluciones de control al Ministerio para la Transición Ecológica sin obtener respuesta.
Aunque el cánido es una especie protegida y existe una prohibición general para su caza, la Audiencia señala que tanto la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad como la Orden de septiembre de 2021 establecen «un mecanismo para operar en circunstancias excepcionales en las que sería legal y posible la extracción y captura de ejemplares de lobo ibérico» con arreglo a ciertos criterios.
IMPLICACIONES Y CONCLUSIONES
La resolución de la Audiencia Provincial de Cantabria tiene importantes implicaciones en el debate sobre la protección del lobo ibérico en España. Si bien la Audiencia reconoce que las resoluciones de caza «probablemente no reúnan los presupuestos que las normas establecen» y que «tal vez la justificación alegada no fuera la adecuada», considera que esto sería competencia de la jurisdicción Contencioso Administrativa, y no de un delito de prevaricación.
Esta decisión respalda la actuación de las autoridades regionales de Cantabria en lo que respecta a la gestión del lobo ibérico, aunque deja abierta la posibilidad de que se revisen los procedimientos legales empleados. La batalla legal entre los defensores de la conservación del lobo y las administraciones regionales responsables de la gestión de la especie continúa, y esta resolución representa un punto importante en el desarrollo de este complejo debate.