La Audiencia Nacional incoa diligencias previas sobre la ampliación de capital del Banco Popular español

En virtud de querella criminal interpuesta por el despacho DURAN & DURAN ABOGADOS, en nombre y representación de clientes víctimas que perdieron todo su dinero invertido en dicha ampliación de capital, el Juzgado Central de Instrucción Número 1 de la Audiencia Nacional ha incoado diligencias previas número 30/2022, el pasado día 25 de abril de 2022.

Con carácter previo, la querella fue remitida «por antecedentes” al Juzgado Central de Instrucción Número 4, en el que se tramitan las Diligencias Previas 42/2017, en relación con la ampliación de capital del ejercicio 2016.

Pero el Magistrado Juez D. José Luis Calama Teixeira expresó en Auto de 19 de abril de 2022, lo siguiente: «Como se expresa en la propia querella ahora turnada a este Juzgado, la misma «versa única y exclusivamente sobre un hecho muy concreto que a juicio de esta querellante es constitutivo de delito: la ampliación de capital de BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A., de 2012. En consecuencia, la presente querella no debe confundirse con los hechos de otros procedimientos penales que nada tienen que ver ahora, por ejemplo, la ampliación de capital de 2016 o las inversiones hechas por particulares o profesionales con posterioridad a la ampliación de capital de 2012”.

En varias ocasiones los hechos objeto de la querella ahora presentada han sido expresamente excluidos del perímetro de las diligencias previas número 42/2017 por este Juzgado, y por la Sala de lo Penal, reiterándose que el objeto de este último procedimiento se encuentra limitado a conocer exclusivamente de la ampliación de capital de 2016 (auto de 21.05.2018).

Por consiguiente, no nos encontramos ante un mismo asunto de forma que podamos acordar la acumulación de las actuaciones, sino ante un asunto nuevo que requiere de la incoación de una nueva causa por los hechos contenidos la querella formulada, procediendo por ende su remisión al Juzgado que por turno ordinario corresponda.»

En consecuencia, el Juzgado Central de Instrucción Número 4 devolvió las actuaciones al Servicio Común de Registro, Reparto y Digitalización para que se proceda a su reparto al Juzgado que por turno correspondiera, recayendo finalmente en el Juzgado Central de Instrucción Número 1 de la Audiencia Nacional, del que es titular el Ilmo. Magistrado Juez D. Alejandro Abascal Junquera.

El Juzgado Central de Instrucción Número 1 ha acordado incoar Diligencias Previas, al resultar que los hechos presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal, dando cuenta a Fiscalía Anticorrupción para que emita informe sobre la competencia y, en su caso, interese diligencias a practicar.

La querella interpuesta señala que el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., sociedad emisora de valores negociados, era sabedor de que si proyectaba al mercado la realidad de la situación de la empresa, la ampliación de capital de 2012 no alcanzaría los resultados deseables para lograr la inyección de dinero con la que “parchear» su crítica situación, de forma que decidieron alterar la imagen fiel de la Entidad, especialmente tras la integración de las cuentas de Banco Pastor en Banco Popular, con la finalidad de dar una apariencia de solvencia cuando en realidad se estaba ante una entidad ruinosa.

La acción típica se proyecta esencialmente en «falsear» la información económico-financiera; falseamiento que, como nos recuerda el AAN 234/2014, de 28 de julio, tiene toda lógica si se idea para “poder retrasar y/o ocultar el deterioro financiero de las entidades querelladas, utilizándose aquellas como manera de captar activos, a costa y en perjuicio de los clientes depositantes”.

Extremo que, precisamente, la querella sostiene que es el caso que nos ocupa, puesto que los querellados, presuntamente, decidieron alterar la imagen fiel de la Entidad, especialmente tras la integración de las cuentas de Banco Pastor en Banco Popular, con la finalidad de dar una apariencia de solvencia cuando, en realidad, se estaba ante una entidad ruinosa.