El TSJ de Navarra autoriza la prórroga de las restricciones hasta el 14 de febrero

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha autorizado la solicitud del Gobierno foral de prorrogar hasta el 14 de febrero las restricciones en vigor frente al Covid-19, según ha informado el TSJN.

La orden foral mantiene el grueso del paquete que se encuentra en vigor desde la última semana de diciembre. En concreto, no se permite desde la 1 hasta las 6 horas la actividad de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración. La limitación horaria se aplica además para sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, ‘piperos’ y similares.

En hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes), el consumo será siempre sentado en mesa, pudiendo usarse las barras sólo para pedir y recoger la consumición. Podrá permitirse el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra. Éstas serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas, misma distancia que se deberá mantener entre las propias mesas. Asimismo, las mesas o grupos de mesas no podrán superar las diez personas garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 cm entre ellas. El horario máximo del cierre de interiores de los establecimientos será las 01.00 horas. Asimismo, todas estas medidas serán aplicables para sociedades gastronómicas y peñas, así como ‘piperos’ y similares.

Asimismo, se recuerda la vigencia de la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo «botellón» y similares) en la vía pública, parques y plazas y en otros lugares de tránsito público.

Además de seguirse las recomendaciones preventivas de carácter sanitario, por las que las entidades organizadoras deberán adoptar las medidas necesarias para «evitar aglomeraciones y altas concentraciones de personas», quedará prohibida la restauración en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivo. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y 2.000 en exteriores será necesario solicitar, con carácter preceptivo, un informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Por otro lado, se mantiene la necesidad de presentar pasaporte Covid en los espacios ya ampliados en la pasada Orden Foral, que extendió los supuestos en los que se aplicaba a determinados espacios cerrados y con afluencias de personas, circunstancias que aumentan la posibilidad de contagios, como demuestra la evidencia científica.