El Supremo archiva definitivamente la querella de Vox contra Ábalos por el ‘Delcygate’

El Tribunal Supremo (TS) ha archivado definitivamente la querella presentada por Vox por presunta prevaricación contra el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, por su encuentro con la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, en enero de 2020 en el aeropuerto de Barajas, insistiendo en que los hechos denunciados carecen de «significación penal».

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso de súplica interpuesto por Vox contra el auto dictado el pasado 26 de noviembre, en el que el TS ya acordó archivar el ‘Delcygate’ por considerar que, si bien Rodríguez entró en territorio español y con ello violó las sanciones de la UE que le prohíben adentrarse en el espacio Schengen, dicha vulneración solo es susceptible de control político.

En un auto del pasado 8 de febrero, la Sala II ha reiterado que «lo aquí relevante es la eventual significación penal de los hechos puestos de manifiesto en la querella, lo que se ha descartado».

Vox alegaba en su recurso que el Supremo debía practicar más diligencias de investigación para determinar si se activaron los protocolos para garantizar el cumplimiento de las sanciones de la UE, e incidió en que existen indicios sólidos de que Ábalos cometió prevaricación, aduciendo que los hechos sí tienen trascendencia penal.

El Supremo ha recordado que «el ejercicio de la acción penal no comporta un derecho incondicionado a la apertura y plena sustanciación del proceso» y que, en cualquier caso, «la valoración de la significación penal de los hechos no puede hacerse sino en función de la descripción de los mismos en la querella, y no de los que pudieran ser acreditados a resultas de su tramitación».

En cuanto al carácter delictivo de los hechos denunciados por Vox, los magistrados han reiterado los argumentos ya expuestos en el auto recurrido, «pues no se aportan razonamientos sustancialmente distintos a los ya mantenidos con anterioridad».

CONTROL POLÍTICO, PERO NO PENAL

En su auto del 26 de noviembre, el Supremo determinó que «es un hecho notorio» que Rodríguez irrumpió en territorio español desde el mismo momento en el que su avión entró en el espacio aéreo de España y que «está asimismo acreditado» que Ábalos se reunió con ella, estableciendo que hubo una violación de la prohibición impuesta por el Consejo Europeo.

Sin embargo, el alto tribunal sostuvo al mismo tiempo que «las obligaciones derivadas de las decisiones de la Política Exterior y Seguridad Común de la UE (PESC) tienen una naturaleza esencialmente política», de modo que el control sobre su cumplimiento debe ser solo político e incumbe únicamente al propio Consejo Europeo, descartando así el reproche penal.

El TS se desmarcó del criterio de su propia Fiscalía, de la Fiscalía Provincial de Madrid y del Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid –donde se investigaba otra parte del ‘Delcygate’–, ya que todos ellos estimaron que la vicepresidenta venezolana no llegó a entrar en territorio español alegando que las zonas de Barajas donde permaneció son de tránsito internacional.

En consecuencia, el juzgado madrileño también cerró la causa. La parte del ‘Delcygate’ que instruía el juez Antonio Serrano-Arnal partía de querellas y denuncias presentadas por el PP, Vox y Laócratas contra los funcionarios o autoridades que no arrestaron a Rodríguez durante la escala en Barajas.

Laócratas, que fue quien se querelló inicialmente contra Ábalos –aunque el TS decidió estudiar su querella junto a la presentada después por Vox–, también presentó un recurso de súplica contra el archivo del ‘Delcygate’ en el Supremo.

LA ESCALA EN BARAJAS

Los hechos se remontan a la noche del 19 al 20 de enero de 2020, cuando la ‘número dos’ del Gobierno de Nicolás Maduro hizo una escala en Barajas de camino a Qatar. En el avión también iba el ministro de Turismo, Félix Plasencia, que encabezaba la delegación venezolana para FITUR.

Rodríguez es uno de los altos cargos del Gobierno de Maduro que tiene prohibida la entrada al espacio Schengen –incluida España– por las sanciones emitidas por la Unión Europea por violaciones de los Derechos Humanos y actuaciones o políticas pensadas para menoscabar la democracia o el Estado de Derecho en Venezuela.

Durante esta parada técnica, Ábalos se vio con la vicepresidenta venezolana en el aeropuerto madrileño –según explicó él posteriormente– para asegurarse de que no entrara en territorio Schengen.