Asenjo (Iberdrola): Las pruebas aportadas por otro imputado son «ilegítimas e ilegales»

La defensa del que fuera jefe de Seguridad de Iberdrola Antonio Asenjo, imputado en la pieza 17 del caso ‘Tándem’, señala que los documentos y facturas aportados por otro de los investigados –el exdirectivo José Antonio del Olmo– a la causa han sido confeccionados con «fines espurios» y añade que se desconoce el modo de obtenerlos y que su tenencia es «ilegítima e ilegal».

Por este motivo, el abogado de Asenjo, Manuel Santaella, solicita al instructor del caso que considere esa documental aportada el 2 de diciembre por Del Olmo como «ilícita» puesto que se trata de una «ilegal producción de fuente de prueba».

En esta pieza separada número 17 se investigan los supuestos encargos de responsables de Iberdrola al comisario jubilado y en prisión preventiva José Manuel Villarejo y a su empresa Grupo Cenyt. Trabajos que iban presuntamente desde acceder a documentación restringida, hasta realizar seguimientos a personas o intervenciones de comunicaciones sin autorización judicial.

En su comparecencia de diciembre, la tercera ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 , Manuel García-Castellón, –aunque las primeras fueron en calidad de testigo– Del Olmo entregó facturas relacionadas con esos trabajos del comisario, y ahora la defensa de Asenjo quiere conocer como se hizo con ellas, teniendo en cuenta que el exempleado de Iberdrola ya está jubilado.

De hecho, señala que esa documentación aportada por Del Olmo «no puede sino decirse que, en origen, y en apariencia, pertenecía, y sigue de hecho haciéndolo incluso hoy en día, única e inevitablemente a Iberdrola», por lo que se pregunta «qué hace en manos de alguien que no es de la compañía. Y al respecto, recuerda que el exdirectivo consta también como investigado en un juzgado de Madrid por «apropiación ilícita de documentos» de la energética.

Además, dado que, recalca, lo aportado por Del Olmo se ha hecho por «fascículos» y sin tener en cuenta los medios habituales de obtención de prueba, con las diligencias oportunas, esto conlleva que no se haya permitido asegurar su trazabilidad y las personas que han intervenido en su obtención, por lo que esas carencias «impiden desde luego incorporar los documentos aportados a la causa».

Al hilo, subraya que se produce una vulneración del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías para su patrocinado teniendo en cuenta las «irregularidades» en esa obtención de prueba. «Prácticamente todos los ordenamientos jurídicos de corte acusatorio han incorporado una regla de exclusión probatoria en virtud de la cual no se reconocen efectos a las pruebas obtenidas con vulneración de derechos fundamentales (ilicitud probatoria)», incide.

PRUEBAS «BASTARDAS»

La defensa de Asenjo va más y califica las pruebas aportadas por Del Olmo de «bastardas» puesto que han sido obtenidas «de forma ilícita», y recuerda que una cosa es colaborar con la Justicia –habla de un pacto entre investigado y Ministerio Fiscal– y otra bien distinta «ir aportando fuentes de pruebas bastardas e, incluso, anunciar la aportación de otras, sin acreditar su conexión con el objeto de la instrucción y, simplemente, porque al actuante le parecensospechosas».

«Se trata de una praxis que el Juzgado no puede tolerar ni un minuto más, por ser manifiestamente contraria a Derecho. No se trata de abrir aquí una suerte de inquisitio generalis contra Iberdrola a impulso de lo que el investigado Del Olmo va extrayendo, oportunamente, de su ilícito almacén de documentos sustraídos ilegalmente de la empresa para la que trabajó y que afanosamente guarda en el maletín que le acompaña en todas sus declaraciones en sede judicial», añade.

Por todo esto, solicita a García-Castellón la práctica de las diligencias necesarias «para acreditar la legítima obtención» por parte de Del Olmo de esos documentos y facturas aportados en su comparecencia, y la cadena de custodia de los mismos. Además, pide la exclusión inmediata del procedimiento de todos aquellos documentos aportados que no guarden conexión objetiva con los hechos objeto de investigación, por falta de aportación de los indicios exigibles al efecto.