El Gobierno de Andorra aprueba alargar los ERTE hasta junio de 2021

El Gobierno de Andorra ha aprobado un nuevo proyecto de ley de medidas excepcionales y urgentes por la situación de emergencia sanitaria causada por el Covid-19, por la cual se podrán alargar los ERTE hasta finales del mes de junio de 2021.

Así lo ha anunciado el ministro de Presidencia, Economía y Empresa, Jordi Gallardo, durante la comparecencia para explicar los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros celebrado este miércoles.

El texto contempla un paquete de medidas con el objetivo de «evitar despidos y la destrucción del tejido productivo», a la vez que acompañar a empresas y trabajadores en la reactivación de la economía, ha manifestado el titular de Economía y Empresa.

El proyecto de ley ya se ha entrado a trámite parlamentario por vía de extrema urgencia y será debatido para su aprobación en el Consell General –parlamento– el próximo viernes, donde los grupos que apoyan el Gobierno suman mayoría absoluta.

El alargamiento de las Suspensiones Temporales de Contrato de Trabajo y las Reducciones de Jornada Laboral –el equivalente a los ERTE en Andorra– será vigente hasta 90 días después de la declaración del fin de la situación de emergencia, con el 30 de junio como máximo.

Se podrán beneficiar de los ERTE las empresas que tengan la actividad principal suspendida obligatoriamente por decreto o que «esté afectada por impedimentos ligados a las restricciones por medidas decretadas y que demuestren una bajada significativa de la cifra de negocio», especifica en un comunicado el Gobierno.

La bajada de la cifra de negocio tendrá que ser igual o superior al 50% en el acumulado de los tres meses naturales anteriores a la presentación de la solicitud inicial para beneficiarse del programa, en comparación al mismo período del año anterior; o de entre el 30% y el 50% en los 12 meses anteriores.

También se incluyen aquellos sectores afectados por las medidas adoptadas por las autoridades extranjeras «que limitan la llegada de turistas».

En el ámbito laboral, también se establece que el tiempo no trabajado a compensar por el trabajador, generado entre el 1 de enero y el 20 de junio del 2021, se podrá recuperar a lo largo de todo el 2021, al igual que las horas generadas en el 2020 también se pueden compensar hasta el 31 de diciembre de 2021.

Por otro lado, la suspensión de contratos de trabajo por causa de fuerza mayor no es aplicable por la suspensión temporal de la actividad de las empresas por la situación de emergencia sanitaria.

Para los autónomos se mantiene una prestación económica en caso de que la actividad sea suspendida obligatoriamente por decreto o que se justifique una reducción significativa de la cifra de negocio.

MEDIDAS SOBRE LOS ALQUILERES

Además, también se mantienen las ayudas a los alquileres de los locales comerciales: será del 75% para las empresas con la actividad suspendida; y para los que acrediten una bajada de la cifra de negocio pueden solicitar una reducción del 50% hasta el 31 de marzo.

Para los afectados por ERTE o en situación de paro con motivo de la crisis sanitaria, se establece una reducción del alquiler de la vivienda del 10%, que puede llegar al 20% en casos de familias monoparentales, de autónomos con la actividad suspendida y percibiendo la prestación económica, o en que la unidad de convivencia demuestre una reducción global de los ingresos superior al 10%.