La Fiscalía en el juicio del ‘procés’: «No hay una soberanía catalana; hay una soberanía española»

El fiscal Fidel Cadena, que intervino este miércoles en la segunda sesión del juicio del `procés´ que se celebra en el Tribunal Supremo, aseguró en respuesta a las cuestiones previas planteadas ayer por las defensas que “no hay una soberanía catalana; hay una soberanía española”. «La soberanía reside en el pueblo español. No se puede sustituir la soberanía del pueblo español por ninguno de los pueblos que lo integren», insistió Cadenal, que se repartió el turno de palabra con el fiscal Javier Zaragoza.

Cadena alertó de que quien se separa y no respeta la Constitución, la norma máxima de convivencia, no tardará en dejar de respetar las leyes menores, y dijo que así ocurrió, por ejemplo, con el Estatuto de Cataluña.


El fiscal inició su exposición llamando la atención sobre el hecho de que “la piedra que desecharon los arquitectos del `procés´ (la Constitución), se convierte en piedra angular” de su argumentación en defensa de sus derechos fundamentales. “La Constitución que fue rechazada, ahora fundamenta el éxito de los derechos fundamentales que se convocan infringidos. Tiene gracia que ahora la Constitución sea resucitada; hay que agradecer esa vuelta a la vida”, ironizó el representante del ministerio público.

El fiscal explicó que en los Estados compuestos y federales el ataque perpetrado contra la Constitución es un ataque al Tribunal Constitucional. Y quien pretenda crear una legislación paralela se encontrará con una limitación infranqueable en su intérprete supremo, que es el TC. “Por eso el TC como legislador negativo no interesaba ante una legislación paralela que era simplemente inconstitucional”, manifestó.

Sobre la inviolabilidad parlamentaria esgrimida ayer por la defensa de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y por la defensa de otros presos independentistas, el fiscal Cadena dijo que esa es una salvaguarda pensada para «proteger la opinión, no la comisión del delito», e insistió en que “el derecho a la libertad ideológica no ha sido vulnerado» y el ministerio fiscal defiende que «cualquier persona puede significarse con la ideología que pretenda».

El fiscal insistió, además, en reafirmarse en la existencia de un delito de rebelión, que «solo exige un alzamiento público y violento», ya que la redacción actual de este tipo penal procede de la reforma del Código Penal de 1995 y durante su redacción se rechazó «una enmienda del grupo catalán» que pretendía añadir que ese alzamiento debía producirse «con armas».