España e Italia abren el baile de fusiones bancarias en Europa bajo la batuta del BCE

Las conversaciones entre CaixaBank y de Bankia, tercera y cuarta entidad por tamaño del sector financiero español, de cara a una posible fusión que daría origen al mayor grupo bancario de España, han dado un renovado impulso al movimiento de consolidación del sector en el Viejo Continente, después de que culminase la compra de UBI Banca, el cuarto mayor banco de Italia, por Intesa Sanpaolo, la mayor entidad minorista del país transalpino, a falta todavía de que se concreten operaciones transnacionales.

La fusión de los dos bancos italianos, aunque iniciada en febrero con el lanzamiento de una oferta de compra de 4.900 millones, posteriormente rebajada tras el estallido de la pandemia, no fue culminada hasta este verano, después de que Intesa recibiese el visto bueno del Banco Central Europeo a la operación.

La inevitable necesidad de acometer un proceso de consolidación bancaria en Europa viene siendo desde hace meses, y con especial énfasis desde el inicio de la pandemia, uno de los mensajes más repetidos por el BCE, particularmente en boca del vicepresidente de la institución, el español Luis de Guindos, así como del presidente del Consejo de Supervisión del banco central, el italiano Andrea Enria.

Guindos, ministro de Economía de España en 2012, cuando un primer intento de fusión entre Bankia y CaixaBank no llegó a fructificar, ha intensificado en los últimos meses sus llamamientos a que las entidades de la zona euro acometan fusiones tanto a nivel doméstico como transnacional para tratar de resolver los problemas de baja rentabilidad que viene arrastrando el sector desde antes de la pandemia, pero que la crisis actual ha exacerbado.

En este sentido, tras expresar a principio del verano su convencimiento en que Europa asistiría «en semanas o meses» a fusiones dentro del sector bancario, el vicepresidente del BCE reiteraba hace apenas unos días la importancia de impulsar el proceso de consolidación bancaria en el Viejo Continente de manera «relativamente rápida y urgente» para abordar los problemas de rentabilidad.

A su vez, Enria subrayaba a finales del pasado mes de julio que «la consolidación podría ser un elemento importante de una estrategia para que el sector bancario europeo recupere la rentabilidad y elimine el exceso de capacidad», algo que también defendía recientemente Edouard Fernandez-Bollo, miembro del Consejo de Supervisión del BCE, para quien «la consolidación puede ser en realidad un medio para asegurar un banco sano y sólido».

En esta línea, el Consejo de Supervisión del BCE anunció en julio que «facilitará» la consolidación del sistema bancario de la zona euro mediante el uso de sus herramientas supervisoras, por lo que no exigirá unos requisitos de capital más elevados a las entidades que surjan de una fusión.

De este modo, los proyectos «sostenibles» de consolidación tendrán unos requisitos de capital iniciales iguales a la media ponderada a los requisitos del Pilar 2 de las entidades que se van a fusionar.

«El papel del supervisor no es promover o evitar activamente ninguna forma de consolidación bancaria. En cambio, nos enfocamos en asegurar que las nuevas entidades resultantes de combinaciones de negocios tengan modelos de negocios sostenibles, cumplan con los requisitos regulatorios y de supervisión y cuenten con mecanismos sólidos de gobernanza y gestión de riesgos», aseguraba Fernandez-Bollo.

EL PAPEL DEL BCE

En este sentido, según explica el BCE, su papel en una fusión depende de la normativa del país o países en los que tengan su sede las entidades que se fusionan, ya que las fusiones no se regulan en el Derecho europeo, sino en el Derecho nacional. Si el Derecho del país en cuestión otorga facultades al supervisor nacional a este respecto, el BCE ejerce dichas facultades cuando se trata de fusiones de entidades significativas que supervisa directamente.

En cualquier caso, el BCE debe aprobar adquisiciones de participaciones cualificadas en entidades de crédito cuando sean iguales o superiores al 10% de las acciones o derechos de voto de la entidad, o superen los demás umbrales pertinentes (20%, 30% o 50%).

De este modo, la entidad que pretenda adquirir una participación cualificada deberá notificarlo al supervisor nacional, que junto al BCE «evalúan la adquisición propuesta de acuerdo con los criterios establecidos en la Directiva de Requisitos de Capital» (reputación del adquiriente y experiencia de los directivos propuestos, solvencia del adquiriente, impacto en la entidad y riesgo de vínculos con el blanqueo de dinero o la financiación del terrorismo).

«En principio, el BCE no tiene preferencias en relación con el tamaño y no disuade a las entidades de convertirse en más grandes», señala el banco central, aunque recuerda que para las entidades «demasiado grandes para quebrar» existen normas acordadas internacionalmente que exigen colchones de capital adicional y/o capacidad de absorción de pérdidas a las entidades grandes y sistémicas.

SIN DIVIDENDOS HASTA 2021

Por otro lado, como precaución ante la evolución de la crisis, el BCE decidió en julio extender hasta el 1 de enero de 2021 su recomendación a la banca de no repartir dividendos y no efectuar recompras de acciones propias para preservar el capital de las entidades, ampliando así en tres meses las actuales restricciones, en vigor desde el pasado mes de marzo.

No obstante, el BCE señaló que revisará si esta postura sigue siendo necesaria en el cuarto trimestre de 2020, teniendo en cuenta el entorno económico, la estabilidad del sistema financiero y la fiabilidad de la planificación del capital.