El Gobierno aprueba un real decreto-ley que amplía la pensión de viudedad a parejas con hijos y activa 225 millones para vivienda asequible.
Vamos por partes, porque el paquete que salió del Consejo de Ministros este martes trae cambios en cinco frentes: viudedad, bajas médicas, ayudas familiares, pensiones especiales y vivienda. Algunos se aplican con la publicación en el Boletín Oficial del Estado; otros dependen de que el Congreso lo convalide en el plazo de un mes. Aquí está la letra pequeña.
Pensión de viudedad: quién la cobra ahora y desde cuándo
La medida más comentada abre la pensión a parejas que no están casadas ni inscritas como pareja de hecho. Podrán cobrarla si acreditan al menos dos años de convivencia e hijos en común.
Ojo al detalle: la prestación tiene efectos desde el mes siguiente a la presentación de la solicitud, no desde el fallecimiento. Y quien ya la pidió por un fallecimiento anterior y se la denegaron tiene un año para reclamar, según aclaró la ministra Elma Saiz.
El real decreto-ley (una norma que aprueba el Gobierno y que el Congreso debe convalidar en 30 días) se aplica al publicarse, pero decae si la Diputación Permanente no lo refrenda. Con las elecciones generales del 29 de noviembre en el calendario, ese trámite tiene margen justo.
Bajas por menopausia y violencia de género: cuánto se cobra
El decreto reconoce bajas médicas específicas para mujeres con patologías incapacitantes asociadas a la menopausia y para víctimas de violencia de género con lesiones que les impidan trabajar.
La prestación se calcula igual que una baja común: el 60% hasta el día 20 y el 75% después, tomando como referencia la base reguladora (tu salario con topes, que es lo que se usa para calcular lo que cobras). La empresa paga el día de la baja y a partir de ahí abona la Seguridad Social.
El decreto no inventa una prestación nueva: le pone nombre a una baja que ya existía, con los mismos porcentajes de siempre.
Más de 10,5 millones de mujeres están afiliadas a la Seguridad Social, según recordó Saiz para justificar la medida. También se mejora la cobertura de la incapacidad temporal de quienes sufren catástrofes: se equipara a la de un accidente de trabajo y deja de ser excepcional, tanto para asalariados como para autónomos.

CUME hasta los 26, huérfanos y anticipos de alimentos: el resto del paquete
La ayuda CUME (la prestación para cuidar a menores con cáncer u otra enfermedad grave) se amplía hasta los 26 años cuando el hijo tenga una discapacidad superior al 65% o dependencia de grado 3. Los progenitores podrán usarla de forma simultánea o alterna.
En el mismo texto van otras tres subidas: los huérfanos por violencia de género cobrarán el doble del SMI, las pensiones extraordinarias por terrorismo no bajarán de 2.442 euros, y el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos triplica el anticipo máximo, de 100 a 300 euros por beneficiario.
Ese anticipo cubre impagos de la manutención de menores tras un divorcio o separación y antes se reconocía hasta 18 meses; ahora se mantendrá hasta que se extinga la obligación. El subsidio por nacimiento y cuidado de menor de 19 semanas, ya vigente en el Régimen General, se extiende a los trabajadores del mar.
Los 225 millones para vivienda: 180 van a 317 municipios y 45 a estudiantes
Aquí conviene ser preciso. No hay una ayuda directa para comprar piso: lo que se activa son dos inversiones para ampliar la oferta de vivienda asequible. La primera, de 180 millones, va a la promoción de vivienda en 317 municipios con mercado residencial tensionado de Cataluña, Navarra, Euskadi, Galicia y Asturias.
La segunda, de 45 millones, se destina a alojamientos asequibles para estudiantes y para la comunidad universitaria. Son 225 millones en total, y ninguno de los dos programas llega a Madrid, Andalucía o la Comunitat Valenciana, que no aparecen en el reparto.
Lo que el decreto no resuelve
Hay un precedente que ayuda a medir el alcance. La pensión de viudedad para parejas no casadas ya existía, pero pasaba por inscribirse como pareja de hecho en el registro; quien nunca formalizó ese papel se quedaba fuera aunque llevara años con la misma persona.
El decreto corrige ese agujero por la vía de los hechos: convivencia acreditada e hijos en común. Es un avance real para familias que hasta ahora dependían de un trámite administrativo, no de su vida en común.
Ahora el pero. Las cuantías de las bajas por menopausia y violencia de género no suben: son el 60% y el 75% de siempre. Y los 225 millones de vivienda son inversión en promoción, no un cheque al inquilino: hasta que esas promociones estén construidas y adjudicadas, el recibo del alquiler sigue igual.
El calendario tampoco ayuda. El texto tiene que convalidarse en la Diputación Permanente en 30 días y las elecciones del 29 de noviembre están a la vuelta de la esquina. Si decae, todo lo anterior cae con él. La semana que viene toca mirar dos cosas: si el BOE publica el texto completo y cómo se reparten los 180 millones entre los 317 municipios.
📅 Dónde y cuándo
- Plazo: un año desde la entrada en vigor del real decreto-ley para reclamar la pensión si te la denegaron antes; el Congreso tiene 30 días para convalidarlo.
- Quién puede pedirlo: parejas no casadas ni inscritas como pareja de hecho, con al menos dos años de convivencia e hijos en común.
- Cuánto: la pensión de viudedad según tu base reguladora (la fuente no concreta cuantía); el anticipo del Fondo de Alimentos sube de 100 a 300 euros.
- Dónde se solicita: en la sede electrónica de la Seguridad Social; el decreto no detalla un portal específico.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? La pensión de viudedad llega a parejas no casadas con dos años de convivencia e hijos en común.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? Parejas sin registro, mujeres con menopausia incapacitante, huérfanos por violencia de género y familias con impagos de manutención.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Si te denegaron la pensión por un fallecimiento anterior, tienes un año para reclamarla en la sede de la Seguridad Social.



