El Tribunal Supremo deja en el aire el voto de 163.020 personas por la 'ley de nietos' de cara al 29N. La Junta Electoral Central (JEC) se inclina por no mover ficha y espera a que el alto tribunal precise a quién alcanza su recorte del censo, a seis semanas de las elecciones.
Qué ha decidido el Supremo y por qué la JEC se aparta
Todo arranca el pasado 10 de septiembre. La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso del Supremo acordó de forma cautelar suspender el voto de los nacionalizados por la 'ley de nietos'. Lo hizo a instancia de Vox y contra el criterio de la JEC, la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El pasado lunes el tribunal confirmó la medida sin detallar a quién afecta.
La Junta Electoral Central, que vela por la transparencia y la objetividad del proceso, se reúne este jueves con ese frente abierto. La mayoría de sus vocales —ocho magistrados del Supremo y cinco catedráticos— prefiere que sea el tribunal quien delimite el recorte en lugar de asumirlo con criterios propios. A los escritos que llegan responde lo mismo: todo está sub judice, pendiente de lo que diga la Sala.
El único número firme lo puso la Abogacía del Estado: 163.020 electores podrían quedarse sin voto. El problema es que no existe una lista cerrada. El Supremo dirige su medida contra quienes lograron la nacionalidad acogiéndose a la presunción de exilio.
Esa presunción cubre a todo el que salió de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, según una instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Mientras no se localice a cada afectado, el veto recae sobre todos los demás.
A quién deja fuera el Supremo y a quién no
Aquí asoma la primera paradoja. La suspensión solo alcanza a los nacionalizados que viven fuera de España, los inscritos en el CERA, el censo de residentes ausentes. Quien obtuvo el pasaporte viviendo en España vota con normalidad, aunque lo hiciera por la misma ley y con los mismos papeles. La medida no toca el censo de los empadronados en territorio nacional.
La suspensión cautelar recae solo sobre los inscritos en el CERA: el mismo perfil puede votar o quedarse fuera según dónde resida.
El calendario aprieta. La documentación electoral —sobres, papeletas y certificados— debe llegar a los inscritos en el CERA entre el 24 y el 30 de octubre. El voto por correo se cierra el 24 de noviembre y el depósito en consulado va del 21 al 26 de ese mes.
El escrutinio general debe cerrarse como muy tarde el 7 de diciembre. Y antes, la Oficina del Censo Electoral debería saber a quién envía las papeletas.
Exteriores ya ha avisado al Supremo de que más de 140.000 expedientes no se podrán revisar antes del 29N. Traducido: la certificación consular no llegará a tiempo para la mayoría. Sin ese papel, el voto queda fuera.
Qué se juega España con un censo en el aire
No es la primera vez que el voto exterior se enreda. El antiguo voto rogado, que obligaba a inscribirse antes de cada cita electoral y que se suprimió hace unos años, ya dejó papeletas que llegaban tarde o no llegaban.
Ahora el choque es distinto. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) cierra el censo a 1 de agosto, así que una decisión judicial de septiembre cae sobre una lista blindada, sin margen para añadir o quitar nombres con agilidad. Un calendario pensado para censos estables se topa con un recorte que aún no tiene lista.
Las lecturas del caso son opuestas. La suspensión llegó al Supremo de la mano de Vox. Enfrente, la JEC, la Fiscalía y la Abogacía del Estado advierten de inseguridad jurídica y del riesgo de dejar sin sufragio a personas con derecho a voto.
La propia Sala asume que el escrutinio puede torcerse: las juntas provinciales validarán votos sin saber quién está suspendido. Los próximos pasos son del Supremo, que debe fijar cómo se ejecuta su medida. Si la información no llega, la JEC ya ha pedido instrucciones precisas.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El Supremo suspendió de forma cautelar el voto de los nacionalizados por la 'ley de nietos'.
- Por qué te importa: Hasta 163.020 personas inscritas en el CERA podrían no poder votar el 29N aunque cumplan los requisitos.
- A quién afecta: A descendientes de exiliados nacionalizados que residen fuera de España; no alcanza a los que viven en territorio español.
- Hacia dónde vamos: La JEC espera instrucciones del Supremo antes de que se envíen las papeletas, entre el 24 y el 30 de octubre.



