El Supremo deja sin voto el 29N a 163.020 nacionalizados por la ley de nietos, salvo exilio acreditado

La Sala de lo Contencioso-Administrativo mantiene la suspensión cautelar decretada en septiembre a petición de Iustitia Europa y Vox. Solo quienes acrediten el exilio de sus antepasados podrán votar el 29N.

Si obtuviste la nacionalidad por la ley de nietos y votas desde el extranjero, el Supremo te ha dejado sin voto el 29N. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado el recurso del Gobierno y mantiene la suspensión cautelar.

La medida deja fuera de las urnas a 163.020 electores inscritos en el CERA por la ley de nietos y llega a menos de dos meses de las elecciones generales del 29 de noviembre.

Qué ha decidido el Supremo con el censo de los nacionalizados

En dos autos, el tribunal desestima las alegaciones de la Abogacía del Estado contra la medida que aprobó en septiembre, cuando dio la razón a Iustitia Europa y Vox. La orden recae sobre el Instituto Nacional de Estadística, del que depende la Oficina del Censo Electoral.

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El CERA es el censo de los españoles residentes en el extranjero. El Supremo ordena no inscribir en él a los nacionalizados que aún no figuren en el censo y mantiene la suspensión de efectos electorales para los que ya estaban inscritos.

Los magistrados sostienen que 'persisten las razones' que les llevaron a una medida 'tan excepcional'. Reprochan a la Administración no haber acreditado, ni de forma aproximada, cómo cumple la orden, y recuerdan que no cabe alegar imposibilidad material cuando el incumplimiento nace de quien debe ejecutarla.

El Supremo avisa de que el riesgo de formar un censo sin garantías 'sigue persistiendo con la misma intensidad'. Y añade un matiz relevante: el peso de esos electores no es menor en algunas circunscripciones.

El Supremo antepone la limpieza del censo al derecho al voto de quienes no acrediten el exilio, una tensión que la Sala no oculta.

Quién podrá votar el 29N y quién se queda sin papeleta

La única puerta abierta es el exilio acreditado. Los registros consulares podrán expedir, 'bajo su responsabilidad', un certificado que confirme que la persona nació fuera de España, que su padre, madre, abuelo o abuela era originariamente español y que sufrió exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación sexual.

Ese grupo conserva el derecho al voto pese a la suspensión. Para el resto, el reloj corre: los afectados pueden personarse como parte codemandada y alegar en cinco días hábiles desde que la decisión se publique en el Boletín Oficial del Estado.

Fuentes de Iustitia Europa hablan de una 'victoria judicial'. El eurodiputado de Vox Jorge Buxadé sostiene que el Gobierno 'no tiene razón' y anima a votar el 29N 'solo a los españoles, sin fraude y sin alteraciones del censo.

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No es una lectura unánime. La magistrada Alicia Millán, en un voto particular, cree que el adelanto electoral lo cambia todo y advierte de que el daño al derecho de sufragio puede volverse irreversible.

De la ley de nietos al 29N: el precedente que pesa

Ya en septiembre el Supremo adoptó la suspensión cautelar a instancias de Iustitia Europa y Vox. Ahora ratifica que no hay motivos para levantarla pese al adelanto electoral.

El precedente inmediato es la propia convocatoria anticipada. El Gobierno alegó ante la Sala que era imposible revisar todos los expedientes a tiempo, un argumento que el tribunal ha tumbado al recordar que esa carga recae en la Administración que debe cumplirla.

Las dos lecturas siguen sobre la mesa. Quienes respaldan la suspensión sostienen que un censo con dudas de trazabilidad cuestiona la legitimidad del proceso y afecta también a los votantes ajenos. Quienes la critican advierten de que 163.020 personas ven recortado un derecho fundamental y de que, si luego ganan, el daño ya no tendrá marcha atrás.

El siguiente paso ya está fijado. Cuando el Ejecutivo publique la decisión en el BOE, los afectados tendrán cinco días hábiles, desde el día siguiente, para personarse y presentar alegaciones. El resto del calendario avanza hacia el 29 de noviembre con una parte del censo en el aire.

📌 En claves: lo que debes saber

  • Qué ha pasado: El Supremo ha rechazado el recurso del Gobierno y mantiene la suspensión del voto de los nacionalizados por la ley de nietos para el 29N.
  • Por qué te importa: Si obtuviste la nacionalidad por esa vía y votas desde el extranjero, no podrás hacerlo salvo que acredites exilio.
  • A quién afecta: A 163.020 electores inscritos en el CERA por la ley de nietos, según los autos del tribunal.
  • Hacia dónde vamos: Los afectados tendrán cinco días hábiles para personarse cuando la decisión se publique en el BOE, con el 29N ya en el calendario.